La selfie del mono: discusiones en torno del autor, sus derechos y el dominio público

Corría el año 2011. El fotógrafo naturalista David Slater emprendió un viaje a Indonesia con la esperanza de sacar una foto vendible y poder seguir viviendo de su profesión. Su plan era acechar y sacarle fotos a una manada de macacos negros crestados (macaca nigra). El relato que Slater dio a Daily Mail cuando puso a circular por primera vez las fotos no es demasiado específico en cuanto a las circunstancias, pero sí es claro en cuanto a que un pequeño grupo de monos muy traviesos le sustrajo la cámara y comenzó a apretar el disparador. Uno de los resultados de esas travesuras es esta simpática selfie:
Macaca_nigra_self-portrait
Después de su aparición en Daily Mail, un colaborador de Wikimedia Commons cargó en el repositorio dos de las fotos producto de aquella escaramuza (una de las cuales hoy ilustran la entrada de Wikipedia sobre los macacos negros crestados).
Slater se encontró con esto y solicitó a Wikimedia que quitara este contenido de su acervo, alegando que le ocasionaba un perjuicio económico que las fotos pudieran circular sin cobrar lo que, según él, le corresponde en concepto de derechos de autor. Durante la primera semana de agosto, Wikimedia desestimó el pedido alegando que “para exigir derechos de autor, el fotógrafo debe haber aportado un cambio sustancial a la imagen y, aún así, sólo tendría derecho sobre esos cambios y no sobre la imagen en sí. Esto quiere decir que no hay nadie sobre el que recaigan los derechos de autor y, por ende, la imagen es de dominio público”.
Slater ha comenzado una campaña reclamando por lo que, según cree, son sus derechos sobre las fotografías. Sin embargo, la Oficina de Copyright de los EEUU ya se expidió resolviendo que nadie puede reclamar derechos sobre esa foto.

El hecho ha recibido valoraciones diversas, algunas a favor de la postura del fotógrafo y otras a favor de la de Wikimedia.
Podría decirse que hay dos errores de lectura de los defensores de Slater que sirven para introducirnos en la complejidad del asunto y exhibir los problemas de su argumento.

En primer lugar, hay una interpretación excesivamente sesgada de las razones de Wikimedia al rechazar el pedido de Slater. Este último, consultado por The Telegraph en su cobertura de la disputa, comenta que “si el mono se sacó la foto, él posee los derechos de autor, no yo, ese es su argumento de base. De lo que no se dan cuenta es de que una corte debe decidir eso”. Como puede comprobarse volviendo unos párrafos atrás, Wikimedia nunca dijo que el mono tenga los derechos, sino que nadie puede reclamarlos, cosa que, aunque parezca un tecnicismo, representa una diferencia importante para entender la cuestión.

De lo anterior se deduce el segundo error: Wikimedia no saca ningún rédito económico por almacenar la foto y hacer posible su circulación libre. De hecho, es clave conocer qué quiere decir que esta foto haya pasado al dominio público.

El Dominio Público se propone como límite y reverso del derecho de autor: es un acervo de objetos de la cultura que pueden usarse libremente ya que o bien el período de explotación de derechos de autor ha expirado, o bien no pueden reclamarse estos derechos, o bien están compartidos voluntariamente sin la adjudicación de estos derechos, o bien algún usuario plantea un modo de uso que pueda exceptuarse de una retribución en concepto de derechos. Es, en otras palabras, un fondo cultural básico de todos que permite conocer y generar más conocimiento, que crece e intenta adaptarse a la velocidad de los tiempos que corren, y tampoco se debe perder de vista eso.

De todo esto se desprenden algunas preguntas que nos parece interesante plantear:
¿Es el monito, como decía irónicamente Slater, el verdadero autor de la foto?
Por supuesto que no. Si un autor es un sujeto de ley, y el gesto que dio forma a la obra en cuestión lo hizo un animal (que directamente está fuera de toda ley), como ha dicho la Oficina de Copyright de EEUU nadie puede reclamar derecho o propiedad sobre eso.

¿Es la foto la única forma posible de circulación de la obra?
No. En todo caso, Slater podría reclamar derechos sobre los diversos procedimientos posteriores que él pueda ejercerle a esta obra que es de dominio público, tal como cualquiera de nosotros: porque lo que importa es que efectivamente podemos acceder a la foto.
Quizás el asunto, como zona gris y difícil de resolver, sea un buen ejemplo de lo abusivos que pueden ser los derechos de autor y su función como obstáculo a la reutilización (esto es, a la re-producción) libre de la información. Afortunadamente, el Dominio Público y el Acceso Abierto funcionan como importantes poleas en el engranaje de la difusión, circulación y reutilización del conocimiento que produce la humanidad.

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