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<title>Número 18</title>
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<updated>2026-04-11T02:36:54Z</updated>
<dc:date>2026-04-11T02:36:54Z</dc:date>
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<title>Melchor José Lavin: un hombre en la borrasca</title>
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<name>Bischoff, Efraín U.</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:17Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
Repaso biográfico e historiográfico sobre Melchor José Lavin.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Repaso biográfico e historiográfico sobre Melchor José Lavin.</dc:description>
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<title>Los departamentos del oeste de la provincia de Catamarca y su anexión provisoria a la provincia de Tucumán: Diciembre 1835-noviembre 1838</title>
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<name>Cerviño, Rodolfo A</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:18Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
Por decreto de 5 de diciembre de 1835, el gobernador Alejandro Heredia anexionó los departamentos de Santa Maria y Andalgalá a la provincia de Tucumán. En el artículo 1º se especifica que la medida obedece a que los citados departamentos "se han emancipado de la Capital de Catamarca y agregado a la de Tucumán, según consta de las solemnes actas celebradas por todas las autoridades, vecinos sensatos de dichos departamentos". Y en el art. 5º se dice que "a pesar de que el Gobierno de Tucumán se había substraído hasta aquí a la aceptación de la resolución indicada en el art. 1º hoy se ve precisado a tomar esta medida provisoria mientras dure el conflicto y apuro en que nuevamente han puesto a la provincia y república las insidiosas miras de los malvados".
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Por decreto de 5 de diciembre de 1835, el gobernador Alejandro Heredia anexionó los departamentos de Santa Maria y Andalgalá a la provincia de Tucumán. En el artículo 1º se especifica que la medida obedece a que los citados departamentos "se han emancipado de la Capital de Catamarca y agregado a la de Tucumán, según consta de las solemnes actas celebradas por todas las autoridades, vecinos sensatos de dichos departamentos". Y en el art. 5º se dice que "a pesar de que el Gobierno de Tucumán se había substraído hasta aquí a la aceptación de la resolución indicada en el art. 1º hoy se ve precisado a tomar esta medida provisoria mientras dure el conflicto y apuro en que nuevamente han puesto a la provincia y república las insidiosas miras de los malvados".</dc:description>
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<title>Las Provincias Argentinas bajo la presidencia del general Justo José de Urquiza (1854-1860)</title>
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<name>Melo, Carlos R.</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:26Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
El 5 de marzo de 1854 prestaron juramento en la ciudad de Santa Fe, el Presidente y Vicepresidente electos de la Confederación Argentina, General Justo José de Urquiza y Doctor Salvador María del Carril, en manos del Presidente del Congreso General Constituyente, Santiago Derqui. Después del juramento el Presidente de la Confederación puso en manos del Vicepresidente el manifiesto al Congreso y a la Nación que éste leyó en voz alta. El Presidente del Congreso agradeció al nuevo presidente sus palabras y a continuación declaró: "El Presidente y Vicepresidente de la Confederación, están en el ejercicio de sus funciones constitucionales". El 7 de marzo de 1854 el Congreso presidido por Derqui y actuando de secretario Saturnino M. Laspiur, declaró cerradas sus sesiones, no sin dar un notable manifiesto: "Los pueblos argentinos están destinados por la Providencia, decía, a ser felices, sin más condición que la de vivir en paz y sometidos a la ley".
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El 5 de marzo de 1854 prestaron juramento en la ciudad de Santa Fe, el Presidente y Vicepresidente electos de la Confederación Argentina, General Justo José de Urquiza y Doctor Salvador María del Carril, en manos del Presidente del Congreso General Constituyente, Santiago Derqui. Después del juramento el Presidente de la Confederación puso en manos del Vicepresidente el manifiesto al Congreso y a la Nación que éste leyó en voz alta. El Presidente del Congreso agradeció al nuevo presidente sus palabras y a continuación declaró: "El Presidente y Vicepresidente de la Confederación, están en el ejercicio de sus funciones constitucionales". El 7 de marzo de 1854 el Congreso presidido por Derqui y actuando de secretario Saturnino M. Laspiur, declaró cerradas sus sesiones, no sin dar un notable manifiesto: "Los pueblos argentinos están destinados por la Providencia, decía, a ser felices, sin más condición que la de vivir en paz y sometidos a la ley".</dc:description>
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<title>Al margen de la guerra del Paraguay</title>
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<name>Vidaurreta de Tjarks, Alicia</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:32Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
El convenio del 20 de febrero de 1865 entre Brasil y la República Oriental del Uruguay puso fin, tras varias e inútiles tentativas de mediación pacifista, a la ya prolongada guerra civil que se desarrollaba en el territorio uruguayo desde hacía casi dos años. La capitulación del gobierno blanco -presidido desde el día 15 de aquel mes por D. Tomás Villalba- aseguró el poder para el partido colorado y su jeFe, el general Venancio Flores y permitió a la vez su entrada a Montevideo, que efectuó a caballo y con gran despliegue militar, flanqueado por el ministro brasileño José María da Silva Paranhos, de trascendente actuación en los negocios que llevaron al acuerdo. Sin embargo, no obstante iniciarse el nuevo gobierno bajo el signo de la paz, no fueron suficientes las garantías otorgadas por la potencia interventora a las principales figuras del partido blanco que en el exilio buscaron su salvación.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El convenio del 20 de febrero de 1865 entre Brasil y la República Oriental del Uruguay puso fin, tras varias e inútiles tentativas de mediación pacifista, a la ya prolongada guerra civil que se desarrollaba en el territorio uruguayo desde hacía casi dos años. La capitulación del gobierno blanco -presidido desde el día 15 de aquel mes por D. Tomás Villalba- aseguró el poder para el partido colorado y su jeFe, el general Venancio Flores y permitió a la vez su entrada a Montevideo, que efectuó a caballo y con gran despliegue militar, flanqueado por el ministro brasileño José María da Silva Paranhos, de trascendente actuación en los negocios que llevaron al acuerdo. Sin embargo, no obstante iniciarse el nuevo gobierno bajo el signo de la paz, no fueron suficientes las garantías otorgadas por la potencia interventora a las principales figuras del partido blanco que en el exilio buscaron su salvación.</dc:description>
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<title>Historia y resultados del censo confederal de 1857</title>
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<name>Maeder, Ernesto J.</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:21Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
Sumario: &#13;
LA HISTORIA DEL CENSO DE 1857&#13;
a) Las disposiciones legislativas. b) Las instrucciones para la realización del censo. c) La ejecución y las dificultades presentadas. d) El destino final de la documentación.&#13;
LA POBLACIÓN DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA. LAS CIFRAS DEL CENSO DE 1857.&#13;
a) Fuentes, cobertura y posibilidades de la información conservada. b} La población de cada una de las provincias confederadas: l. Las provincias censadas; 2. Las provincias no incluidas en el censo. c) La población total de la Confederación Argentina. d) Desarrollo de algunas provincias confederadas entre 1857 y 1869. e) Observaciones finales.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Sumario: &#13;
LA HISTORIA DEL CENSO DE 1857&#13;
a) Las disposiciones legislativas. b) Las instrucciones para la realización del censo. c) La ejecución y las dificultades presentadas. d) El destino final de la documentación.&#13;
LA POBLACIÓN DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA. LAS CIFRAS DEL CENSO DE 1857.&#13;
a) Fuentes, cobertura y posibilidades de la información conservada. b} La población de cada una de las provincias confederadas: l. Las provincias censadas; 2. Las provincias no incluidas en el censo. c) La población total de la Confederación Argentina. d) Desarrollo de algunas provincias confederadas entre 1857 y 1869. e) Observaciones finales.</dc:description>
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<title>La misión Allende-Villegas para poner paz en el Litoral</title>
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<name>Segreti, Carlos S.A.</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:30Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
La iniciativa lanzada el 3 de febrero de 1820 por el coronel mayor Juan Bautista Bustos --que desde el mes de marzo será gobernador de la provincia de Córdoba- para reunir un congreso que reorganizase al país· y cuyas primeras sesiones debían tener lugar en la capital mediterránea, la verdad es que no prosperaba, a pesar de haber corrido ya más de la mitad del año. Una serie de factores se conjugaban para ello. La guerra civil nuevamente encendida entre las provincias de Buenos Aires y Santa Fe constituye un obstáculo que es necesario eliminar: sin paz entre las provincias hermanas no habrá congreso. Se explica así, entonces, que Bustos se disponga a obrar en tal sentido para alcanzar la tan deseada paz, tras el anhelo de la reunión del cuerpo nacional.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>La iniciativa lanzada el 3 de febrero de 1820 por el coronel mayor Juan Bautista Bustos --que desde el mes de marzo será gobernador de la provincia de Córdoba- para reunir un congreso que reorganizase al país· y cuyas primeras sesiones debían tener lugar en la capital mediterránea, la verdad es que no prosperaba, a pesar de haber corrido ya más de la mitad del año. Una serie de factores se conjugaban para ello. La guerra civil nuevamente encendida entre las provincias de Buenos Aires y Santa Fe constituye un obstáculo que es necesario eliminar: sin paz entre las provincias hermanas no habrá congreso. Se explica así, entonces, que Bustos se disponga a obrar en tal sentido para alcanzar la tan deseada paz, tras el anhelo de la reunión del cuerpo nacional.</dc:description>
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<title>Relaciones comerciales argentino-chilenas hasta la firma de los Pactos de Mayo</title>
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<author>
<name>Liberti Gepesky, Susana Beatriz</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:20Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
Las relaciones argentino-chilenas, hasta la firma de los Pactos de Mayo de 1902, atravesaron momentos de tensión en los que la guerra pareció a punto de estallar. La controversia sobre límites, y luego la demarcación de la frontera, dieron lugar a numerosos roces que provocaron reclamos, inquietaron a la opinión pública de ambos países y trajeron aparejada una carrera armamentista a la que sólo los Pactos de Mayo pusieron fin. Pero esos difíciles momentos, ¿interrumpieron las tradicionales relaciones comerciales que, desde los días de la colonia, ligaban a ambos países? Esta es la pregunta que intentamos contestar en las páginas que siguen.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Las relaciones argentino-chilenas, hasta la firma de los Pactos de Mayo de 1902, atravesaron momentos de tensión en los que la guerra pareció a punto de estallar. La controversia sobre límites, y luego la demarcación de la frontera, dieron lugar a numerosos roces que provocaron reclamos, inquietaron a la opinión pública de ambos países y trajeron aparejada una carrera armamentista a la que sólo los Pactos de Mayo pusieron fin. Pero esos difíciles momentos, ¿interrumpieron las tradicionales relaciones comerciales que, desde los días de la colonia, ligaban a ambos países? Esta es la pregunta que intentamos contestar en las páginas que siguen.</dc:description>
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<title>Notas para una propedéutica a la historia de la historiografía</title>
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<author>
<name>Ripodas Ardanaz, Daisy</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:28Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
Hasta la fecha se han compuesto unas cuantas Historias de la historiografía y varios teorizadores -Croce, Collingwood, Aron, Maravall, Stern, etc.- han trazado algunas reflexiones sobre la materia o, por lo menos, aplicables a ella. No hemos tenido sin embargo la suerte de dar -ni tampoco sabemos si existe- con un ensayo de presentar orgánicamente esas referencias aisladas y de acompañarlas de algunas consideraciones y ejemplos que permitan formarse una idea aproximada del significado, alcance y evolución de esta disciplina. A ello tienden las presentes notas, que sólo aspiran a ser un trazado provisional, abierto a la revisión.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Hasta la fecha se han compuesto unas cuantas Historias de la historiografía y varios teorizadores -Croce, Collingwood, Aron, Maravall, Stern, etc.- han trazado algunas reflexiones sobre la materia o, por lo menos, aplicables a ella. No hemos tenido sin embargo la suerte de dar -ni tampoco sabemos si existe- con un ensayo de presentar orgánicamente esas referencias aisladas y de acompañarlas de algunas consideraciones y ejemplos que permitan formarse una idea aproximada del significado, alcance y evolución de esta disciplina. A ello tienden las presentes notas, que sólo aspiran a ser un trazado provisional, abierto a la revisión.</dc:description>
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<title>Publicaciones de Sarmiento introducidas desde Chile: (Proceso criminal realizado en Mendoza, 1850)</title>
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<author>
<name>Martínez, Pedros Santos</name>
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<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/11617</id>
<updated>2019-12-21T20:03:24Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
En esta nueva monografía sobre las actividades de Sarmiento en Chile, estudiaremos las circunstancias, hechos y autores que surgen del proceso iniciado en Mendoza, con motivo de haberse descubierto en la administración de Correos local, un envío clandestino de varios ejemplares de La Crónica y uno de Recuerdos de Provincia. Venían en doble rótulo, el primero de los cuales con el inocente título de Vida de J. C., dirigido a Francisco Llerena. Pero en el interior, en vez de ésta, estaban las otras publicaciones de Sarmiento. Además, plegada en forma muy disimulada, se hallaba una carta para Pedro Daniel Ortíz cuyo contenido hizo presumir a las autoridades conexiones en un vasto plan revolucionario. Como consecuencia de la sentencia dictada en este sumario, Ortíz debió cumplir la pena en Buenos Aires.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>En esta nueva monografía sobre las actividades de Sarmiento en Chile, estudiaremos las circunstancias, hechos y autores que surgen del proceso iniciado en Mendoza, con motivo de haberse descubierto en la administración de Correos local, un envío clandestino de varios ejemplares de La Crónica y uno de Recuerdos de Provincia. Venían en doble rótulo, el primero de los cuales con el inocente título de Vida de J. C., dirigido a Francisco Llerena. Pero en el interior, en vez de ésta, estaban las otras publicaciones de Sarmiento. Además, plegada en forma muy disimulada, se hallaba una carta para Pedro Daniel Ortíz cuyo contenido hizo presumir a las autoridades conexiones en un vasto plan revolucionario. Como consecuencia de la sentencia dictada en este sumario, Ortíz debió cumplir la pena en Buenos Aires.</dc:description>
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<title>Sobre las relaciones entre el Estado y la Iglesia: Comentarios en torno a un episodio cuyano</title>
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<author>
<name>Acevedo, Edberto Oscar</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:12Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
En las controversias ideológicas suelen encontrarse antecedentes de posiciones que, luego, según sea lo que depare el destino, pueden alcanzar notoriedad y, aún, la concreción o el triunfo de una postura sobre otra. Un capítulo importante de la historia de las ideas en el siglo XIX está constituido, sin duda, por todos los elementos que afectaron a las relaciones entre la Iglesia y el Estado, lo cual no solamente compone una faceta de la organización política de los países americanos, sino que, a la vez, es un elemento importante en el conocimiento de las diversas teorías que se esgrimieron en favor o en contra de un modus vivendi determinado. El asunto, arduo de por sí, obliga siempre al estudioso a plantearlo desde dos vertientes, por lo menos: la de las influencias doctrinales teóricas y la que fue surgiendo de situaciones de hecho que obligaban a tomar determinadas posiciones. Nuestra pretensión de hoyes mostrar un momento conflictivo entre autoridades en torno de un caso particular, con el objeto de contribuir al conocimiento de ciertos antecedentes ideológicos, institucionales y personales que, a su vez, fueron definiendo posiciones en la marcha hacia la determinación del planteamiento definitivo y la ubicación de esas dos esferas de poder.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>En las controversias ideológicas suelen encontrarse antecedentes de posiciones que, luego, según sea lo que depare el destino, pueden alcanzar notoriedad y, aún, la concreción o el triunfo de una postura sobre otra. Un capítulo importante de la historia de las ideas en el siglo XIX está constituido, sin duda, por todos los elementos que afectaron a las relaciones entre la Iglesia y el Estado, lo cual no solamente compone una faceta de la organización política de los países americanos, sino que, a la vez, es un elemento importante en el conocimiento de las diversas teorías que se esgrimieron en favor o en contra de un modus vivendi determinado. El asunto, arduo de por sí, obliga siempre al estudioso a plantearlo desde dos vertientes, por lo menos: la de las influencias doctrinales teóricas y la que fue surgiendo de situaciones de hecho que obligaban a tomar determinadas posiciones. Nuestra pretensión de hoyes mostrar un momento conflictivo entre autoridades en torno de un caso particular, con el objeto de contribuir al conocimiento de ciertos antecedentes ideológicos, institucionales y personales que, a su vez, fueron definiendo posiciones en la marcha hacia la determinación del planteamiento definitivo y la ubicación de esas dos esferas de poder.</dc:description>
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<title>La Ley de Educación Común de Buenos Aires de 1875</title>
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<author>
<name>Barba, Fernando Enrique</name>
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<updated>2019-12-21T20:03:15Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
Después de Caseros, con el propósito de actualizar y difundir la enseñanza en todo el ámbito provincial, Buenos Aires inició el estudio de su sistema educativo llegando a operar una reforma a fondo del mismo. El 16 de octubre de 1854 se promulgó la ley de municipalidades la que creaba en su capítulo 39, artículo 33, una Comisión de educación. Correspondía a esta Comisión lo concerniente a la ilustración intelectual y moral de ambos sexos, quedando a su cuidado las escuelas de primeras letras, las de artes y oficios, los asilos y las obras de beneficencia. Contra este débil intento de centralización de la dirección educativa, fue creado al poco tiempo, el 23 de febrero de 1855, el Consejo de instrucción pública. Tendría a su cargo la dirección de la enseñanza primaria y los estudios universitarios, siendo su presidente el Rector de la Universidad. La existencia de dos autoridades dejaba planteado un conflicto jurisdiccional que se mantendría por espacio de veinte años.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Después de Caseros, con el propósito de actualizar y difundir la enseñanza en todo el ámbito provincial, Buenos Aires inició el estudio de su sistema educativo llegando a operar una reforma a fondo del mismo. El 16 de octubre de 1854 se promulgó la ley de municipalidades la que creaba en su capítulo 39, artículo 33, una Comisión de educación. Correspondía a esta Comisión lo concerniente a la ilustración intelectual y moral de ambos sexos, quedando a su cuidado las escuelas de primeras letras, las de artes y oficios, los asilos y las obras de beneficencia. Contra este débil intento de centralización de la dirección educativa, fue creado al poco tiempo, el 23 de febrero de 1855, el Consejo de instrucción pública. Tendría a su cargo la dirección de la enseñanza primaria y los estudios universitarios, siendo su presidente el Rector de la Universidad. La existencia de dos autoridades dejaba planteado un conflicto jurisdiccional que se mantendría por espacio de veinte años.</dc:description>
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<title>La ley de Arrendamientos Rurales del 21 de octubre de 1857 en la provincia de Buenos Aires</title>
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<author>
<name>Allende, Andrés R.</name>
</author>
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<updated>2019-12-21T20:03:13Z</updated>
<published>1968-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Trabajos y Comunicaciones; no. 18
No cabe duda de que el movimiento poblador que, desde mediados de 1860, tras rebasar la línea de frontera existente comenzó a volcarse sobre los campos situados al exterior del Río Salado en el Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, en la región que se extendía más allá de Azul y Tapalquén en el centro, o al occidente del Río Quequén Grande en el Sud, hallábase determinado por la Ley de 21 de octubre de 1857 sobre arrendamientos rurales, que la Legislatura bonaerense sancionara tras largos debates y habría de iniciar la legislación que después de Caseros buscó ordenar y regularizar la situación verdaderamente caótica en que se encontraba la tierra pública de la Provincia, después de la larga tiranía de Rosas. Legislación que, al decir de Bartolomé Mitre, para corregir lo arbitrario rayó también en lo arbitrario, entrañó la liquidación de lo que aún restaba de la antigua enfiteusis rivadaviana, no obstante que en el primer momento, en la Legislatura porteña, la comisión de tierras públicas encargada de estudiarla propusiera su restablecimiento bajo nuevas formas y cauciones.
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<dc:date>1968-01-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>No cabe duda de que el movimiento poblador que, desde mediados de 1860, tras rebasar la línea de frontera existente comenzó a volcarse sobre los campos situados al exterior del Río Salado en el Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, en la región que se extendía más allá de Azul y Tapalquén en el centro, o al occidente del Río Quequén Grande en el Sud, hallábase determinado por la Ley de 21 de octubre de 1857 sobre arrendamientos rurales, que la Legislatura bonaerense sancionara tras largos debates y habría de iniciar la legislación que después de Caseros buscó ordenar y regularizar la situación verdaderamente caótica en que se encontraba la tierra pública de la Provincia, después de la larga tiranía de Rosas. Legislación que, al decir de Bartolomé Mitre, para corregir lo arbitrario rayó también en lo arbitrario, entrañó la liquidación de lo que aún restaba de la antigua enfiteusis rivadaviana, no obstante que en el primer momento, en la Legislatura porteña, la comisión de tierras públicas encargada de estudiarla propusiera su restablecimiento bajo nuevas formas y cauciones.</dc:description>
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