<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">
<title>Número 08</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72163" rel="alternate"/>
<subtitle/>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72163</id>
<updated>2026-08-08T22:43:30Z</updated>
<dc:date>2026-08-08T22:43:30Z</dc:date>
<entry>
<title>Entrevista al Dr. Luis Federico Arias</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72360" rel="alternate"/>
<author>
<name>Revista Derechos en Acción (ReDeA)</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72360</id>
<updated>2019-11-24T04:02:59Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Contribucion a revista
Revista Derechos en Acción; no. 8
Luis Arias fue destituido de su cargo como juez titular del juzgado contencioso administrativo nro. 1 de La Plata en un proceso plagado de irregularidades.&#13;
El juri de enjuiciamiento que lo llevó adelante, compuesto por cinco conjueces legisladores y cinco conjueces abogados, se pronunció por su remoción en fallo dividido.&#13;
La entrevista con parte del Staff de esta publicación, se realizó en la sede de la Secretaría de Relaciones Institucionales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata el pasado jueves 13 de septiembre.&#13;
“…voy a estar presente en diversas organizaciones con la finalidad de mejorar, de proyectar transformaciones en el poder judicial y a favor de los derechos. Creo que esa va a ser mi tarea a futuro. Hay mucho por hacer, necesitamos un poder judicial plural” sentenció el Dr. Luis Arias en diálogo con ReDea.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Luis Arias fue destituido de su cargo como juez titular del juzgado contencioso administrativo nro. 1 de La Plata en un proceso plagado de irregularidades.&#13;
El juri de enjuiciamiento que lo llevó adelante, compuesto por cinco conjueces legisladores y cinco conjueces abogados, se pronunció por su remoción en fallo dividido.&#13;
La entrevista con parte del Staff de esta publicación, se realizó en la sede de la Secretaría de Relaciones Institucionales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata el pasado jueves 13 de septiembre.&#13;
“…voy a estar presente en diversas organizaciones con la finalidad de mejorar, de proyectar transformaciones en el poder judicial y a favor de los derechos. Creo que esa va a ser mi tarea a futuro. Hay mucho por hacer, necesitamos un poder judicial plural” sentenció el Dr. Luis Arias en diálogo con ReDea.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Las tutelas procesales diferenciadas en materia ambiental</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72358" rel="alternate"/>
<author>
<name>Cabral, Pablo Octavio</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72358</id>
<updated>2019-11-24T04:03:00Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
El derecho a la preservación del medio ambiente está expresamente reconocido en la Constitución nacional, en sus arts. 41 y 43, en los pactos internacionales sobre derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional -art. 75 inc. 22 Constitución nacional- y en numerosas normas sobre defensa ambiental a nivel nacional, provincial y municipal.&#13;
La protección de los derechos ambientales –en su dimensión colectiva- requiere una participación activa de la judicatura, la que si bien de alguna manera pudiera afectar el clásico principio procesal de congruencia, en definitiva se traduce en un obrar preventivo o cautelar acorde con la naturaleza de los derechos afectados y a la medida de sus requerimientos.&#13;
En estos casos resulta necesaria la eficaz intervención de un juez, como lo explica Gozaíni, con un alto grado de responsabilidad social.3 Nuestro ordenamiento jurídico, puso en cabeza de la Administración Pública Nacional y provinciales el cumplimiento de las obligaciones de no dañar el ambiente y recomponerlo y le asignó al Poder Judicial la tarea de protección de estos derechos de incidencia colectiva cuando resultan vulnerados. En este marco es trascendente analizar la especial protección de los derechos ambientales en la ley de medidas cautelares 26.854.&#13;
Encontrándose el Estado como primer obligado de garantizar la efectividad de los derechos sociales y ambientales de los integrantes de la sociedad, surge la competencia judicial de la justicia contencioso administrativa, la que debe actualizar sus procedimientos y estructuras a una nueva realidad que impacta directamente sobre su constitución tradicional.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El derecho a la preservación del medio ambiente está expresamente reconocido en la Constitución nacional, en sus arts. 41 y 43, en los pactos internacionales sobre derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional -art. 75 inc. 22 Constitución nacional- y en numerosas normas sobre defensa ambiental a nivel nacional, provincial y municipal.&#13;
La protección de los derechos ambientales –en su dimensión colectiva- requiere una participación activa de la judicatura, la que si bien de alguna manera pudiera afectar el clásico principio procesal de congruencia, en definitiva se traduce en un obrar preventivo o cautelar acorde con la naturaleza de los derechos afectados y a la medida de sus requerimientos.&#13;
En estos casos resulta necesaria la eficaz intervención de un juez, como lo explica Gozaíni, con un alto grado de responsabilidad social.3 Nuestro ordenamiento jurídico, puso en cabeza de la Administración Pública Nacional y provinciales el cumplimiento de las obligaciones de no dañar el ambiente y recomponerlo y le asignó al Poder Judicial la tarea de protección de estos derechos de incidencia colectiva cuando resultan vulnerados. En este marco es trascendente analizar la especial protección de los derechos ambientales en la ley de medidas cautelares 26.854.&#13;
Encontrándose el Estado como primer obligado de garantizar la efectividad de los derechos sociales y ambientales de los integrantes de la sociedad, surge la competencia judicial de la justicia contencioso administrativa, la que debe actualizar sus procedimientos y estructuras a una nueva realidad que impacta directamente sobre su constitución tradicional.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Elecciones mexicanas en clave regional</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72357" rel="alternate"/>
<author>
<name>Gandulfo, Dolores</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72357</id>
<updated>2019-11-24T04:03:01Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
En esta oportunidad, las encuestas no fallaron. Meses antes de la contienda electoral una respetable mayoría de los análisis de opinión pública señalaban como favorito a Andrés Manuel López Obrador (AMLO).&#13;
El 1 de julio pasado estos diagnósticos se confirmaron; habiendo obtenido el 53% de los votos el triunfo de AMLO abre una esperanza para la izquierda latinoamericana, aunque no exenta de incertidumbres.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>En esta oportunidad, las encuestas no fallaron. Meses antes de la contienda electoral una respetable mayoría de los análisis de opinión pública señalaban como favorito a Andrés Manuel López Obrador (AMLO).&#13;
El 1 de julio pasado estos diagnósticos se confirmaron; habiendo obtenido el 53% de los votos el triunfo de AMLO abre una esperanza para la izquierda latinoamericana, aunque no exenta de incertidumbres.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Cambio de época en México: presagios para América Latina</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72356" rel="alternate"/>
<author>
<name>Cieza, Daniel Alejandro</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72356</id>
<updated>2019-11-24T04:03:02Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
El triunfo electoral de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por más del 50% en las elecciones generales de julio de 2018 en la república mexicana tiene un significado que trasciende largamente el cambio de Presidente en este país. Se avecinan cambios en el modelo de acumulación y en el régimen político del segundo país más poblado de América Latina, y que además tiene una relación especial con Estados Unidos.&#13;
México tiene un sistema de dominación política muy particular, que desvela a los politólogos y que fue descripto como la “Dictadura perfecta” por un liberal-conservador como Vargas Llosa. Este esquema comienza a ser demolido con el rotundo triunfo de López Obrador.&#13;
El rápido crecimiento de MORENA luego de la derrota fraudulenta del 2012 donde el PRI compró millones de votos y la tenacidad de su líder constituye un episodio aleccionador.&#13;
En seis años surgió y se fortaleció un nuevo Partido que hoy tiene decenas de miles de comités de base en todo el territorio mexicano y que ganó en más de 20 estados El programa de Gobierno de AMLO es otro ejemplo a rescatar.&#13;
Los puntos programáticos recogen propuestas de miles de asambleas populares. Se destacan los planteos de no endeudarse y de proteger el mercado interno, y de desplegar una nueva ética. En relación a la Patria Grande el planteo es no intervención en los asuntos internos.&#13;
El criterio amplio y pluralista para armar el equipo de gobierno es otro ejemplo a seguir. Se convocó a distintas generaciones y a distintas tradiciones políticas para desarrollar políticas de estado El triunfo de AMLO es una reivindicación de la acción política. En semanas México pasó de ser un país desolado por la violencia y humillado por el Gobierno de Estados Unidos a un país con nuevas energías y respetado por sus vecinos.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El triunfo electoral de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por más del 50% en las elecciones generales de julio de 2018 en la república mexicana tiene un significado que trasciende largamente el cambio de Presidente en este país. Se avecinan cambios en el modelo de acumulación y en el régimen político del segundo país más poblado de América Latina, y que además tiene una relación especial con Estados Unidos.&#13;
México tiene un sistema de dominación política muy particular, que desvela a los politólogos y que fue descripto como la “Dictadura perfecta” por un liberal-conservador como Vargas Llosa. Este esquema comienza a ser demolido con el rotundo triunfo de López Obrador.&#13;
El rápido crecimiento de MORENA luego de la derrota fraudulenta del 2012 donde el PRI compró millones de votos y la tenacidad de su líder constituye un episodio aleccionador.&#13;
En seis años surgió y se fortaleció un nuevo Partido que hoy tiene decenas de miles de comités de base en todo el territorio mexicano y que ganó en más de 20 estados El programa de Gobierno de AMLO es otro ejemplo a rescatar.&#13;
Los puntos programáticos recogen propuestas de miles de asambleas populares. Se destacan los planteos de no endeudarse y de proteger el mercado interno, y de desplegar una nueva ética. En relación a la Patria Grande el planteo es no intervención en los asuntos internos.&#13;
El criterio amplio y pluralista para armar el equipo de gobierno es otro ejemplo a seguir. Se convocó a distintas generaciones y a distintas tradiciones políticas para desarrollar políticas de estado El triunfo de AMLO es una reivindicación de la acción política. En semanas México pasó de ser un país desolado por la violencia y humillado por el Gobierno de Estados Unidos a un país con nuevas energías y respetado por sus vecinos.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>El carácter pioneiro de la Constitución de México de 1917</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72354" rel="alternate"/>
<author>
<name>Bonavides, Paulo</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72354</id>
<updated>2019-11-24T04:03:03Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
El constitucionalismo social tiene una trayectoria que va de la doctrina al texto legislativo, de la idea al hecho, de la utopía a la realidad, de lo abstracto a lo concreto. De forma habitual, aquél se encuentra impregnado de valores o principios que históricamente le han dado legitimidad.&#13;
En realidad, la esfera teórica en la que se desarrolló la base de tal constitucionalismo es aquella en la que prevalece el pensamiento de igualdad vinculado a una noción de justicia. En esa base se combinan elementos doctrinarios, ideológicos y utópicos cuyas raíces se remontan a pensadores de la estatura de Platón y Rousseau, de Aristóteles y Althusius, de Tomás Moro y Saint-Simon, de Santo Tomás de Aquino y Proudhon, de Carlos Marx y Haroldo Laski.&#13;
Ya la esfera pragmática, a su vez, comienza a dibujarse en la modernidad con la Constitución francesa de 1793, que, de cierta forma, radicalizó la Revolución por el tenaz empeño de sus constituyentes em hacer que la igualdad subiera por la escalera de las instituciones hasta alcanzar un escalón tan alto como el de la libertad. Sin embargo, el constitucionalismo social, subyacente a aquel estatuto revolucionario, y que tiene ahí su certificado de nacimiento en el campo de la positividad, sólo toma realmente complexión definida y concreta, filtrada en el espíritu, en la conciencia y en la vocación de la contemporaneidad, a partir de la promulgación de la carta magna de México, de 1917.&#13;
En efecto, el tratamiento normativo de la materia social brilla precursoramente en el texto mexicano, a saber: en sus artículos 3o., 4o., 5o., 25 al 28 y 123, los cuales, a nuestro ver, tienen un contenido cualitativo y cuantitativo, cuyo alcance excede al de la Constitución de Weimar promulgada en 1919, dos años después.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El constitucionalismo social tiene una trayectoria que va de la doctrina al texto legislativo, de la idea al hecho, de la utopía a la realidad, de lo abstracto a lo concreto. De forma habitual, aquél se encuentra impregnado de valores o principios que históricamente le han dado legitimidad.&#13;
En realidad, la esfera teórica en la que se desarrolló la base de tal constitucionalismo es aquella en la que prevalece el pensamiento de igualdad vinculado a una noción de justicia. En esa base se combinan elementos doctrinarios, ideológicos y utópicos cuyas raíces se remontan a pensadores de la estatura de Platón y Rousseau, de Aristóteles y Althusius, de Tomás Moro y Saint-Simon, de Santo Tomás de Aquino y Proudhon, de Carlos Marx y Haroldo Laski.&#13;
Ya la esfera pragmática, a su vez, comienza a dibujarse en la modernidad con la Constitución francesa de 1793, que, de cierta forma, radicalizó la Revolución por el tenaz empeño de sus constituyentes em hacer que la igualdad subiera por la escalera de las instituciones hasta alcanzar un escalón tan alto como el de la libertad. Sin embargo, el constitucionalismo social, subyacente a aquel estatuto revolucionario, y que tiene ahí su certificado de nacimiento en el campo de la positividad, sólo toma realmente complexión definida y concreta, filtrada en el espíritu, en la conciencia y en la vocación de la contemporaneidad, a partir de la promulgación de la carta magna de México, de 1917.&#13;
En efecto, el tratamiento normativo de la materia social brilla precursoramente en el texto mexicano, a saber: en sus artículos 3o., 4o., 5o., 25 al 28 y 123, los cuales, a nuestro ver, tienen un contenido cualitativo y cuantitativo, cuyo alcance excede al de la Constitución de Weimar promulgada en 1919, dos años después.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Clínicas jurídicas en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP: generando un nuevo espacio para aprender, investigar y trabajar en temas de interés público</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72353" rel="alternate"/>
<author>
<name>Verbic, Francisco</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72353</id>
<updated>2019-11-24T04:03:04Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
Luego de más de 6 meses de trabajo y discusión, en el mes de Octubre del año 2008 la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata aprobó la reglamentación en función de la cual se implementó el Programa “Clínica Jurídica”.3 Poco tiempo antes de cumplirse 3 años desde la toma de tal decisión, la finalidad de esta ponencia es divulgar las principales características del Programa y compartir algunas de las cuestiones que se presentaron a la hora de su diagramación e implementación.&#13;
A tal efecto describiré cuáles son los alcances y objetivos del Programa, en qué tipo de asuntos se enfoca el trabajo, cuáles son las razones que llevaron a la generación de un reglamento para definir roles y coordinar tareas, qué tipo de organización interna tiene este Programa en particular, cuáles son las directrices y principios que sostienen la iniciativa y guían las actividades allí realizadas, cuál es el procedimiento que debe seguirse para habilitar la intervención de cualquiera de las comisiones en un asunto determinado, cómo se resolvió regular el tema de los honorarios a devengarse en el marco de los casos patrocinados por el Programa, y –finalmente- qué mecanismos complementarios fueron ideados para brindar apoyo y profundizar el desarrollo del espacio sin alterar su carácter fuertemente pedagógico.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Luego de más de 6 meses de trabajo y discusión, en el mes de Octubre del año 2008 la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata aprobó la reglamentación en función de la cual se implementó el Programa “Clínica Jurídica”.3 Poco tiempo antes de cumplirse 3 años desde la toma de tal decisión, la finalidad de esta ponencia es divulgar las principales características del Programa y compartir algunas de las cuestiones que se presentaron a la hora de su diagramación e implementación.&#13;
A tal efecto describiré cuáles son los alcances y objetivos del Programa, en qué tipo de asuntos se enfoca el trabajo, cuáles son las razones que llevaron a la generación de un reglamento para definir roles y coordinar tareas, qué tipo de organización interna tiene este Programa en particular, cuáles son las directrices y principios que sostienen la iniciativa y guían las actividades allí realizadas, cuál es el procedimiento que debe seguirse para habilitar la intervención de cualquiera de las comisiones en un asunto determinado, cómo se resolvió regular el tema de los honorarios a devengarse en el marco de los casos patrocinados por el Programa, y –finalmente- qué mecanismos complementarios fueron ideados para brindar apoyo y profundizar el desarrollo del espacio sin alterar su carácter fuertemente pedagógico.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Evolución de la protección del patrimonio cultural en los tratados del derecho internacional humanitario</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72352" rel="alternate"/>
<author>
<name>Sisti, Pedro Luis</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72352</id>
<updated>2019-11-24T04:03:05Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
Para comenzar debemos adelantar que el presente trabajo, por sus propias características, no pretende ser un estudio acabado de todo el material referente a la protección del Patrimonio Cultural dentro del Derecho Internacional Humanitario contemporáneo, sino una mera introducción a una cuestión que merece mayor desarrollo y profundización. Por lo tanto, intentaremos justificar el recorte epistemológico que nos vemos obligados a realizar, buscando sin embargo lograr una suficiencia en relación a la temática abordada.
El presente trabajo se desarrolló en el marco de la Maestría en Derechos Humanos que imparte el Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Para comenzar debemos adelantar que el presente trabajo, por sus propias características, no pretende ser un estudio acabado de todo el material referente a la protección del Patrimonio Cultural dentro del Derecho Internacional Humanitario contemporáneo, sino una mera introducción a una cuestión que merece mayor desarrollo y profundización. Por lo tanto, intentaremos justificar el recorte epistemológico que nos vemos obligados a realizar, buscando sin embargo lograr una suficiencia en relación a la temática abordada.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Los derechos (in)humanos en el delito de trata de personas</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72351" rel="alternate"/>
<author>
<name>Marengo, Dolores</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72351</id>
<updated>2019-11-24T04:03:06Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
El presente trabajo desarrolla cómo en el delito de trata de personas5 el Estado se encuentra ausente a la hora de garantizar los derechos humanos de las víctimas antes, durante y después de ejecutarse el delito y cómo se les sustrae toda la protección que debieran garantizarle las normas. Durante la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, se les niega el conocimiento de paradero tanto a la víctima directa como a sus familiares y allegados. Al momento del secuestro, el sujeto pierde el sentido de pertenencia, su identidad –sus documentos son sustraídos, hay un desarraigo de la comunidad y un quiebre en los lazos familiares- y con ello la socialización, además de perder su condición de beneficiario de derechos.&#13;
¿Qué ocurre con los derechos humanos de los excluidos de la comunidad política cuando ya no son útiles, cuando ya no son reconocidos o tratados como humanos? ¿No son los derechos humanos los derechos de aquellos que ya no tienen derechos? ¿Cómo el Estado define y garantiza a los derechos humanos cuando la lógica de los Estados neoliberales pone por encima la defensa del mercado por sobre las personas? ¿Es el Estado el primer responsable del delito de trata por no garantizar, de forma previa a la concreción del delito, los derechos humanos de los sectores más vulnerables?
El presente trabajo se desarrolló en el marco de la Maestría en Derechos Humanos que imparte el Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El presente trabajo desarrolla cómo en el delito de trata de personas5 el Estado se encuentra ausente a la hora de garantizar los derechos humanos de las víctimas antes, durante y después de ejecutarse el delito y cómo se les sustrae toda la protección que debieran garantizarle las normas. Durante la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, se les niega el conocimiento de paradero tanto a la víctima directa como a sus familiares y allegados. Al momento del secuestro, el sujeto pierde el sentido de pertenencia, su identidad –sus documentos son sustraídos, hay un desarraigo de la comunidad y un quiebre en los lazos familiares- y con ello la socialización, además de perder su condición de beneficiario de derechos.&#13;
¿Qué ocurre con los derechos humanos de los excluidos de la comunidad política cuando ya no son útiles, cuando ya no son reconocidos o tratados como humanos? ¿No son los derechos humanos los derechos de aquellos que ya no tienen derechos? ¿Cómo el Estado define y garantiza a los derechos humanos cuando la lógica de los Estados neoliberales pone por encima la defensa del mercado por sobre las personas? ¿Es el Estado el primer responsable del delito de trata por no garantizar, de forma previa a la concreción del delito, los derechos humanos de los sectores más vulnerables?</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>La cárcel hecha ficción</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72350" rel="alternate"/>
<author>
<name>Alba Nájera, Stefanía Giovanna</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72350</id>
<updated>2020-07-16T12:16:00Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Revision
Revista Derechos en Acción; no. 8
Se estrenó la serie El Marginal II. Horas más tarde, los medios de comunicación publicaban noticias acerca del maravilloso rating que alcanzó el estreno: “El batacazo de El marginal 2: infló el rating de la TV Pública con un número inusual”, Diario La Nación, 18/07/2018. También: “Excepto el fútbol, ninguna serie había logrado un número semejante en esta señal, asegura Diario Show. “, Diario Los Andes, 18/07/2018. Esos fueron algunos de los tantos títulos que auspiciaron el regreso de la serie dramática que en su primera temporada logró galardonarse con el Martín Fierro de Oro correspondiente al año 2017.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Se estrenó la serie El Marginal II. Horas más tarde, los medios de comunicación publicaban noticias acerca del maravilloso rating que alcanzó el estreno: “El batacazo de El marginal 2: infló el rating de la TV Pública con un número inusual”, Diario La Nación, 18/07/2018. También: “Excepto el fútbol, ninguna serie había logrado un número semejante en esta señal, asegura Diario Show. “, Diario Los Andes, 18/07/2018. Esos fueron algunos de los tantos títulos que auspiciaron el regreso de la serie dramática que en su primera temporada logró galardonarse con el Martín Fierro de Oro correspondiente al año 2017.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>El triunfo de la abstracción: semiocapitalismo y dominación neoliberal</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72349" rel="alternate"/>
<author>
<name>Forster, Ricardo</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72349</id>
<updated>2019-11-24T04:03:08Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Contribucion a revista
Revista Derechos en Acción; no. 8
Leo, no sin comenzar a preguntarme unas cuantas cosas que me remiten a nuestra actualidad, el último libro de Franco “Bifo” Berardi, Fenomenología del fin. Sensibilidad y mutación conectiva, en el que desmenuza la época de la digitalización y del predominio de la financiarización del mundo no sin derramar, al menos sobre mí, una sutil dosis de pesimismo civilizatorio que conduce más hacia la melancolía que a la rebelión.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Leo, no sin comenzar a preguntarme unas cuantas cosas que me remiten a nuestra actualidad, el último libro de Franco “Bifo” Berardi, Fenomenología del fin. Sensibilidad y mutación conectiva, en el que desmenuza la época de la digitalización y del predominio de la financiarización del mundo no sin derramar, al menos sobre mí, una sutil dosis de pesimismo civilizatorio que conduce más hacia la melancolía que a la rebelión.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Para después del diluvio</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72348" rel="alternate"/>
<author>
<name>Zaffaroni, E. Raúl</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72348</id>
<updated>2019-11-24T04:03:09Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Contribucion a revista
Revista Derechos en Acción; no. 8
Heráclito tenía razón: todo pasa. El tiempo-espacio se curva dicen los físicos, lo que parece depender de la ley de la termodinámica, conforme a la cual el calor  siempre pasa a lo frio y nunca a la inversa. Pero lo que es verdad en física no lo es en la dinámica del poder: allí no rigen las leyes de la termodinámica. Por eso, que mucho se habla en el mundo de una justicia transicional para caracterizar procesos de cambio o transición de dictadura a democracia o de violencia a paz, es cuestión de reflexionar un poco.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Heráclito tenía razón: todo pasa. El tiempo-espacio se curva dicen los físicos, lo que parece depender de la ley de la termodinámica, conforme a la cual el calor  siempre pasa a lo frio y nunca a la inversa. Pero lo que es verdad en física no lo es en la dinámica del poder: allí no rigen las leyes de la termodinámica. Por eso, que mucho se habla en el mundo de una justicia transicional para caracterizar procesos de cambio o transición de dictadura a democracia o de violencia a paz, es cuestión de reflexionar un poco.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Novedades de la Corte Interamericana de Derechos Humanos</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72285" rel="alternate"/>
<author>
<name>Vértiz Medina, James</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72285</id>
<updated>2019-11-24T04:03:09Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Revista Derechos en Acción; no. 8
Novedades de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Novedades de la Corte Interamericana de Derechos Humanos</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Novedades de la Corte Suprema de Justicia de la Nación</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72284" rel="alternate"/>
<author>
<name>Díaz, Juan Francisco</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72284</id>
<updated>2019-11-24T04:03:10Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Contribucion a revista
Revista Derechos en Acción; no. 8
Novedades de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Novedades de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>El delito de trata de personas, crimen de lesa humanidad: análisis desde la óptica de la reciente jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72283" rel="alternate"/>
<author>
<name>García, María Fernanda</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72283</id>
<updated>2019-11-24T04:03:11Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
The crime of trafficking in persons, crime against humanity: analysis from the best of the recent jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights; O crime de tráfico de pessoas, crime contra a humanidade: Análise sob a perspectiva da recente jurisprudência da Corte Interamericana de Direitos Humanos
Revista Derechos en Acción; no. 8
El presente artículo pretende realizar un análisis respecto de las consideraciones efectuadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos relativas al fenómeno del trabajo esclavo y al delito de trata de personas con fines de explotación, su vínculo con aquella esfera central de derechos que conforman el jus cogens, y su categorización como crímenes de lesa humanidad, así como las implicancias que esto tiene en el tratamiento de casos a la luz del instituto de la prescripción. El punto de partida para dicho análisis lo constituye la sentencia dictada por la Corte en el caso “Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil” (20 de octubre de 2016), primera ocasión en que se pronuncia respecto del trabajo esclavo, en tanto fenómeno conglobante del trabajo forzoso, el sometimiento a servidumbre y la trata de personas.; This article´s objetctive is to analyze the Inter-American Court of Human Rights´considerations, related to the phenomenon of slave labor, as weel as the crime of trafficking in persons for the purpose of exploitation, its conection with the central field of rights called “jus cogens”, and their categorization as crimes against humanity, as well as their implications in the treatment of cases concerning the institute of limitation period.&#13;
The starting point in this analysis is made by the decisión of the Court in the case “Workers of Hacienda Brasil Verde vs. Brazil “(October 20, 2016),which is the first time the Court decides with regards to slave labor as an embracing phenomenon of forced labor, submission to servitude and human trafficking.; Este artigo pretende analisar as considerações feitas pela Corte Interamericana de Direitos Humanos sobre o fenômeno do trabalho escravo e o crime de tráfico de pessoas com fins de exploração, sua articulação com aquela esfera central de direitos que compõe o jus cogens, e sua categorização como crimes contra a humanidade, bem como as implicações que isso tem no tratamento de casos à visão do instituto de prescrição. O ponto de partida para essa análise é a sentença proferida pelo Tribunal no caso “Trabalhadores da Fazenda Brasil Verde vs. Brasil “(20 de outubro de 2016), a primeira ocasião em que se pronúncia a respeito do trabalho escravo, como um fenômeno abarcante de trabalho forçado, a submissão à servidão e ao tráfico de pessoas.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El presente artículo pretende realizar un análisis respecto de las consideraciones efectuadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos relativas al fenómeno del trabajo esclavo y al delito de trata de personas con fines de explotación, su vínculo con aquella esfera central de derechos que conforman el jus cogens, y su categorización como crímenes de lesa humanidad, así como las implicancias que esto tiene en el tratamiento de casos a la luz del instituto de la prescripción. El punto de partida para dicho análisis lo constituye la sentencia dictada por la Corte en el caso “Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil” (20 de octubre de 2016), primera ocasión en que se pronuncia respecto del trabajo esclavo, en tanto fenómeno conglobante del trabajo forzoso, el sometimiento a servidumbre y la trata de personas.

This article´s objetctive is to analyze the Inter-American Court of Human Rights´considerations, related to the phenomenon of slave labor, as weel as the crime of trafficking in persons for the purpose of exploitation, its conection with the central field of rights called “jus cogens”, and their categorization as crimes against humanity, as well as their implications in the treatment of cases concerning the institute of limitation period.&#13;
The starting point in this analysis is made by the decisión of the Court in the case “Workers of Hacienda Brasil Verde vs. Brazil “(October 20, 2016),which is the first time the Court decides with regards to slave labor as an embracing phenomenon of forced labor, submission to servitude and human trafficking.

Este artigo pretende analisar as considerações feitas pela Corte Interamericana de Direitos Humanos sobre o fenômeno do trabalho escravo e o crime de tráfico de pessoas com fins de exploração, sua articulação com aquela esfera central de direitos que compõe o jus cogens, e sua categorização como crimes contra a humanidade, bem como as implicações que isso tem no tratamento de casos à visão do instituto de prescrição. O ponto de partida para essa análise é a sentença proferida pelo Tribunal no caso “Trabalhadores da Fazenda Brasil Verde vs. Brasil “(20 de outubro de 2016), a primeira ocasião em que se pronúncia a respeito do trabalho escravo, como um fenômeno abarcante de trabalho forçado, a submissão à servidão e ao tráfico de pessoas.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Jurisprudencia argentina en materia de usos terapéuticos de la planta de cannabis y sus derivados: breve análisis en el periodo de años 2012-2018</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72282" rel="alternate"/>
<author>
<name>Torti Iermini, Marcos Antonio</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72282</id>
<updated>2019-11-24T04:03:11Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Argentinian jurisprudence on the topic of therapeutic utilisation of cannabis plant and their derivatives; Jurisprudência argentina sobre usos terapêuticos da planta Cannabis e seus derivados
Revista Derechos en Acción; no. 8
El presente trabajo tiene como objetivo brindar información clara y concisa respecto a la actualidad de la jurisprudencia argentina en casos donde se tratan los usos medicinales de la planta de cannabis.&#13;
Los datos del análisis fueron obtenidos en base al “Compendio de jurisprudencia argentina sobre usos medicinales de la planta de cannabis”, presentado en el mes de agosto del 2018 por el Área de Política de Drogas de la Asociación Pensamiento Penal. Para el fin propuesto, se estipularon distintas variantes de clasificación, a fin de ahondar en los puntos más importantes en relación al análisis de los fallos de los distintos tribunales de la Argentina, y los casos en los que debieron intervenir y resolver.; The objective of this dissertation is to bring clear and concise information on the present of argentinian jurisprudence, in cases where therapeutic utilisation of cannabis is involved. The analysis’ data were obtained from the “Argentinian urisprudence compendium on medicinal uses of cannabis”, presented on August 2018 by the Drug Policy Area of the Association of Penal Thinking. For the objective here proposed, different varietys of classification were provided, in order to go deeper on the most important topics concerning the analisys of the decisions of different Argentinian Tribunals.; O presente trabalho tem como objetivo fornecer informações claras e concisas sobre a situação atual da jurisprudência argentina nos casos em que os usos medicinais da planta Cannabis são tratados.&#13;
Os dados da análise foram obtidos com base no “Compêndio da jurisprudência argentina sobre usos medicinais da planta Cannabis”, apresentado no mês de agosto de 2018, pela Área de Política de Drogas da Associação do Pensamento Penal. Para o objetivo proposto, foram estipuladas diferentes variantes de classificação, a fim de aprofundar os pontos mais importantes em relação à análise dos juízos dos diferentes tribunais da Argentina e os casos em que tiveram que intervir e resolver.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El presente trabajo tiene como objetivo brindar información clara y concisa respecto a la actualidad de la jurisprudencia argentina en casos donde se tratan los usos medicinales de la planta de cannabis.&#13;
Los datos del análisis fueron obtenidos en base al “Compendio de jurisprudencia argentina sobre usos medicinales de la planta de cannabis”, presentado en el mes de agosto del 2018 por el Área de Política de Drogas de la Asociación Pensamiento Penal. Para el fin propuesto, se estipularon distintas variantes de clasificación, a fin de ahondar en los puntos más importantes en relación al análisis de los fallos de los distintos tribunales de la Argentina, y los casos en los que debieron intervenir y resolver.

The objective of this dissertation is to bring clear and concise information on the present of argentinian jurisprudence, in cases where therapeutic utilisation of cannabis is involved. The analysis’ data were obtained from the “Argentinian urisprudence compendium on medicinal uses of cannabis”, presented on August 2018 by the Drug Policy Area of the Association of Penal Thinking. For the objective here proposed, different varietys of classification were provided, in order to go deeper on the most important topics concerning the analisys of the decisions of different Argentinian Tribunals.

O presente trabalho tem como objetivo fornecer informações claras e concisas sobre a situação atual da jurisprudência argentina nos casos em que os usos medicinais da planta Cannabis são tratados.&#13;
Os dados da análise foram obtidos com base no “Compêndio da jurisprudência argentina sobre usos medicinais da planta Cannabis”, apresentado no mês de agosto de 2018, pela Área de Política de Drogas da Associação do Pensamento Penal. Para o objetivo proposto, foram estipuladas diferentes variantes de classificação, a fim de aprofundar os pontos mais importantes em relação à análise dos juízos dos diferentes tribunais da Argentina e os casos em que tiveram que intervir e resolver.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>La actividad discrecional de la administración y la motivación del acto en el caso del empleo público en Tierra del Fuego</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72281" rel="alternate"/>
<author>
<name>Ross, Zarina Eladia</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72281</id>
<updated>2019-11-24T04:03:12Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
The Administration’s discretional activity and the motivation of his acts, in the Tierra del Fuego’s public employment case; A atividade discricionária da Administração e a motivação do ato no caso de emprego público na Terra do Fogo
Revista Derechos en Acción; no. 8
En el presente trabajo realizo una recopilación de antecedentes jurisprudenciales, tanto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como así también del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego vinculados al ejercicio de la actividad discrecional de la Administración Pública y la exigencia del elemento motivación del acto administrativo, concretamente en lo que hace a la cancelación de la designación de agentes públicos en periodo de prueba y a la cancelación de agentes públicos en ejercicio de funciones jerárquicas designados en forma directa (sin concurso previo). Así comienzo dando conceptos de actividad discrecional y motivación, para luego analizar concretamente los antecedentes jurisprudenciales federales y locales.; In this dissertation, I bring a compilation of the jurisprudencial precedents of the Supreme Court of the Nation and the High Court of Justice of Tierra del Fuego, related to the discretional activity of the Public Administration and the exigency of the motivation of Administrative Acts, specifically in relation with the annulment of public agents’ designation during their trial period, as well as that of public agents with hierarchical functions which were directly designated (with no previous contest). I begin by providing the concepts of “discretional activity” and “motivation of the act”, to then get to the analisys of the local and federal preced.; No presente trabalho faço uma compilação de antecedentes jurisprudenciais, tanto do Supremo Tribunal de Justiça da Nação, como do Superior Tribunal de Justiça da Terra do Fogo, vinculados ao exercício da atividade discricionária da Administração Pública e à exigência do elemento motivação do ato administrativo, especificamente no que se refere ao cancelamento da designação de agentes públicos durante o período de experiência e ao corte de agentes públicos no exercício de funções hierárquicas designadas diretamente (sem concurso prévio). Por isso, começo dando conceitos de atividade e motivação discricionárias, para então analisar especificamente os antecedentes jurisprudenciais federais e locais.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>En el presente trabajo realizo una recopilación de antecedentes jurisprudenciales, tanto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como así también del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego vinculados al ejercicio de la actividad discrecional de la Administración Pública y la exigencia del elemento motivación del acto administrativo, concretamente en lo que hace a la cancelación de la designación de agentes públicos en periodo de prueba y a la cancelación de agentes públicos en ejercicio de funciones jerárquicas designados en forma directa (sin concurso previo). Así comienzo dando conceptos de actividad discrecional y motivación, para luego analizar concretamente los antecedentes jurisprudenciales federales y locales.

In this dissertation, I bring a compilation of the jurisprudencial precedents of the Supreme Court of the Nation and the High Court of Justice of Tierra del Fuego, related to the discretional activity of the Public Administration and the exigency of the motivation of Administrative Acts, specifically in relation with the annulment of public agents’ designation during their trial period, as well as that of public agents with hierarchical functions which were directly designated (with no previous contest). I begin by providing the concepts of “discretional activity” and “motivation of the act”, to then get to the analisys of the local and federal preced.

No presente trabalho faço uma compilação de antecedentes jurisprudenciais, tanto do Supremo Tribunal de Justiça da Nação, como do Superior Tribunal de Justiça da Terra do Fogo, vinculados ao exercício da atividade discricionária da Administração Pública e à exigência do elemento motivação do ato administrativo, especificamente no que se refere ao cancelamento da designação de agentes públicos durante o período de experiência e ao corte de agentes públicos no exercício de funções hierárquicas designadas diretamente (sem concurso prévio). Por isso, começo dando conceitos de atividade e motivação discricionárias, para então analisar especificamente os antecedentes jurisprudenciais federais e locais.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Réquiem para la dogmática penal: una visión retrospectiva a la aplicación de la teoría de la imputación objetiva en la jurisprudencia de Colombia</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72279" rel="alternate"/>
<author>
<name>Molina Villar, Ana Carolina</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72279</id>
<updated>2019-11-24T04:03:13Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Réquiem for the criminal Dogmatics. A retrospective view of the application of the theory of Objective imputation in Colombian jurisprudence; Réquiem para a dogmatica criminal. Uma visão retrospectiva da aplicação da teoria do Objetivo de imputação na jurisprudência colombiana
Revista Derechos en Acción; no. 8
¿Por qué los Colombianos fuimos/somos receptivos a la teoría de la imputación objetiva? ¿El sistema acusatorio y la justicia transicional han logrado poner en jaque a la dogmática penal? El presente escrito tiene como propósito indagar las posibles causas o razones por la que fuimos/somos receptivos a la teoría de la imputación objetiva en Colombia; así como, reseñar unas cuantas heridas de muerte causadas por la jurisprudencia a la dogmática jurídico- penal, mismas que motivan este réquiem.; Why Colombians were / are receptive to the theory of objective imputation? The accusatory system and the transitional justice have been able to put in check the criminal dogmatic? This essay is intended to investigate possible causes or reasons for which we were / are receptive to the theory of objective imputation in Colombia; as well as review some wounds of death caused by jurisprudence to the criminal and legal dogmatic, the same wich motivates this requiem.; Por que nós colombianos fomos / somos receptivos à teoria da imputação objetiva? O sistema acusatório e a justiça transicional têm conseguido colocar em xeque a dogmática penal? O presente estudo tem por propósito indagar as possíveis causas ou razões pelas quais fomos / somos receptivos à teoria da imputação objetiva na Colômbia; bem como revisar algumas feridas de morte causadas pela jurisprudência à dogmática jurídico - penal, as mesmas que motivam este réquiem
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>¿Por qué los Colombianos fuimos/somos receptivos a la teoría de la imputación objetiva? ¿El sistema acusatorio y la justicia transicional han logrado poner en jaque a la dogmática penal? El presente escrito tiene como propósito indagar las posibles causas o razones por la que fuimos/somos receptivos a la teoría de la imputación objetiva en Colombia; así como, reseñar unas cuantas heridas de muerte causadas por la jurisprudencia a la dogmática jurídico- penal, mismas que motivan este réquiem.

Why Colombians were / are receptive to the theory of objective imputation? The accusatory system and the transitional justice have been able to put in check the criminal dogmatic? This essay is intended to investigate possible causes or reasons for which we were / are receptive to the theory of objective imputation in Colombia; as well as review some wounds of death caused by jurisprudence to the criminal and legal dogmatic, the same wich motivates this requiem.

Por que nós colombianos fomos / somos receptivos à teoria da imputação objetiva? O sistema acusatório e a justiça transicional têm conseguido colocar em xeque a dogmática penal? O presente estudo tem por propósito indagar as possíveis causas ou razões pelas quais fomos / somos receptivos à teoria da imputação objetiva na Colômbia; bem como revisar algumas feridas de morte causadas pela jurisprudência à dogmática jurídico - penal, as mesmas que motivam este réquiem</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Novedades legislativas, no. 8</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72278" rel="alternate"/>
<author>
<name>Baldi, Eduardo</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72278</id>
<updated>2020-06-23T14:30:52Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Contribucion a revista
Revista Derechos en Acción; no. 8
Leyes, decretos y resoluciones aprobados en Nación y Provincia.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Leyes, decretos y resoluciones aprobados en Nación y Provincia.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Procedimiento para el pago y cobro de la cuota sindical, en la ley 24.642: su inconstitucionalidad</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72276" rel="alternate"/>
<author>
<name>Greco, Martiniano</name>
</author>
<author>
<name>Hernández, Lucía</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72276</id>
<updated>2019-11-24T20:05:58Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Procedure for the payment and collection of the union dues in Law 24.642. Unconstitutionality; Procedimento para pagamento e cobrança da contribuição sindical na Lei 24.642. Sua inconstitucionalidade
Revista Derechos en Acción; no. 8
La ley 24.642 establece el denominado procedimiento de ejecución o apremio, a los efectos de percibir, por parte de la Asociación Sindical, la denominada cuota de contribución gremial que efectúa el afiliado, y que retiene el empleador.&#13;
Este sistema establece que en caso de adeudarse la o las cuotas, el sindicato puede ejecutar al empleador si omitió retenerlas. Este título ejecutivo por el cual el sindicato inicia la ejecución, pide embargo y cobra las cuotas de afiliación impagas, con defensas muy limitadas del deudor La norma en cuestión al margen de equiparar los efectos procesales al juicio de apremio (art. 5º), fija competencia distintas y optativas, a criterio claro está del ejecutante (Asociación Sindical) en la que expresamente en los ámbitos provinciales, se ha excluido a la Justicia del Trabajo.&#13;
Resulta inconstitucional la ley en cuestión, porque con su enunciado se arroga una facultad no delegada por los gobiernos provinciales al gobierno Federal.; Law 24.642 establishes the enforcement procedure for the purpose of collecting, by the Trade Union, the union contribution fee that the affiliate performs, and which the employer retains. This system establishes that in the event of owing these installments, the Union can execute the employer if it failed to retain them. This executive title, by which the Union starts this procedure, asks for seizure and collects unpaid membership fees, has very limited defenses of the debtor. The law in question establishes different and optional competences, at the discretion of the performer in which, specifically in the provincial areas, Labor Justice has been excluded. This law is unconstitutional, because with its enunciation a power is entrusted and not delegated by the provincial governments to the Federal government.; A Lei 24.642 estabelece o chamado procedimento de execução ou urgência, a fim de perceber, pela Associação Sindical, a denominada cota de contribuição gremial que o associado efetua, e que o empregador retém. Este sistema estabelece que no caso de endividar-se a ou as cotas, o sindicato pode embargar ao empregador se este omitiu as retenções. Este titulo executivo pelo qual o sindicato inicia a execução, pede confisco e cobra as cotas de afiliação não pagas, com defesas muito limitadas por parte do devedor. A norma em questão estabelece competências diferentes e opcionais, de acordo com o claro critério do executante em que, especificamente nas áreas provinciais, a Justiça do Trabalho foi excluída. A lei em questão é inconstitucional, porque com a sua enunciação é confiado um poder não delegado pelos governos provinciais ao governo federal.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>La ley 24.642 establece el denominado procedimiento de ejecución o apremio, a los efectos de percibir, por parte de la Asociación Sindical, la denominada cuota de contribución gremial que efectúa el afiliado, y que retiene el empleador.&#13;
Este sistema establece que en caso de adeudarse la o las cuotas, el sindicato puede ejecutar al empleador si omitió retenerlas. Este título ejecutivo por el cual el sindicato inicia la ejecución, pide embargo y cobra las cuotas de afiliación impagas, con defensas muy limitadas del deudor La norma en cuestión al margen de equiparar los efectos procesales al juicio de apremio (art. 5º), fija competencia distintas y optativas, a criterio claro está del ejecutante (Asociación Sindical) en la que expresamente en los ámbitos provinciales, se ha excluido a la Justicia del Trabajo.&#13;
Resulta inconstitucional la ley en cuestión, porque con su enunciado se arroga una facultad no delegada por los gobiernos provinciales al gobierno Federal.

Law 24.642 establishes the enforcement procedure for the purpose of collecting, by the Trade Union, the union contribution fee that the affiliate performs, and which the employer retains. This system establishes that in the event of owing these installments, the Union can execute the employer if it failed to retain them. This executive title, by which the Union starts this procedure, asks for seizure and collects unpaid membership fees, has very limited defenses of the debtor. The law in question establishes different and optional competences, at the discretion of the performer in which, specifically in the provincial areas, Labor Justice has been excluded. This law is unconstitutional, because with its enunciation a power is entrusted and not delegated by the provincial governments to the Federal government.

A Lei 24.642 estabelece o chamado procedimento de execução ou urgência, a fim de perceber, pela Associação Sindical, a denominada cota de contribuição gremial que o associado efetua, e que o empregador retém. Este sistema estabelece que no caso de endividar-se a ou as cotas, o sindicato pode embargar ao empregador se este omitiu as retenções. Este titulo executivo pelo qual o sindicato inicia a execução, pede confisco e cobra as cotas de afiliação não pagas, com defesas muito limitadas por parte do devedor. A norma em questão estabelece competências diferentes e opcionais, de acordo com o claro critério do executante em que, especificamente nas áreas provinciais, a Justiça do Trabalho foi excluída. A lei em questão é inconstitucional, porque com a sua enunciação é confiado um poder não delegado pelos governos provinciais ao governo federal.</dc:description>
</entry>
<entry>
<title>Importancia del trabajo en la etapa de post-encierro como herramienta de reinserción social de los liberados: la Ley Provincial 14.301 y sus proyecciones al ámbito municipal</title>
<link href="http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72261" rel="alternate"/>
<author>
<name>Kunusch Leandro</name>
</author>
<id>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/72261</id>
<updated>2019-11-24T20:05:59Z</updated>
<published>2018-09-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Articulo
Importance of work in the post-confinement phase as a tool for the social reintegration of the liberated. Provincial Law 14,301 and its projections to the municipal sphere; Importância do trabalho na fase pós-confinamento como ferramenta para a reinserção social dos libertos. Lei provincial 14.301 e suas projeções para a esfera municipal
Revista Derechos en Acción; no. 8
En el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la resocialización y reinserción del condenado es la finalidad inherente que debe perseguirse en la etapa de ejecución de las penas privativas de la libertad. Existe una vasta legislación que permite aseverar la conclusión precedente. El Estado se encuentra convencionalmente obligado a poner en práctica mecanismos eficaces que tiendan a la obtención del objetivo mencionado. Lo expuesto importa que el deber del Estado y de la sociedad en su conjunto no culmina en el momento en que el recluso es puesto en libertad. Se vuelve menester la implementación de mecanismos y servicios que tiendan a prestar al liberado una asistencia postencierro que le permita afrontar el difícil período que constituye aquel en el cual recupera su libertad, contribuyendo a minimizar los prejuicios que sobre él puedan recaer y, por supuesto, disminuir las causas que puedan eventualmente conducirlo a una recaída delictual.; According to the International Law of Human Rights, the re-socialization and reinsertion of the convicted person is the inherent purpose to be pursued in the execution stage of imposition of a custodial sentence or measure involving deprivation of liberty. There is a vast legislation that allows to assert the previous conclusion. The State is conventionally bound to implement effective mechanisms aimed at achieving the aforementioned objective. This means that the duty of the State and society as a whole does not culminate in the moment in which the prisoner is released. It become necessary to implement of mechanisms and services that tend to provide the released a post-confinement assistance that allows him to face the difficult period in which he regains his freedom, helping to minimize the prejudices that may fall on him and reduce the causes that may eventually lead to recidivism.; No Direito Internacional dos Direitos Humanos, a re-socialização internacional e reinserção dos condenados é o propósito inerente a ser perseguido em fase de implementação da privação de liberdade. Existe uma vasta legislação que permite afirmar a conclusão anterior. O Estado é obrigado, convencionalmente, a implementar mecanismos eficazes para alcançar o objetivo acima mencionado. O precedente abarca que o dever do Estado e da sociedade como um todo não culmine no momento em que o prisioneiro é liberto. É necessária a implementação de mecanismos e serviços que tendem a prestar ao liberto uma assistência pósdetenção que lhe permita enfrentar o período difícil que é aquele em que recupera sua liberdade, contribuindo a minimizar os preconceitos que podem recair sobre ele e ajudando a minimizar as causas que podem levar a uma recaída delitiva.
</summary>
<dc:date>2018-09-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>En el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la resocialización y reinserción del condenado es la finalidad inherente que debe perseguirse en la etapa de ejecución de las penas privativas de la libertad. Existe una vasta legislación que permite aseverar la conclusión precedente. El Estado se encuentra convencionalmente obligado a poner en práctica mecanismos eficaces que tiendan a la obtención del objetivo mencionado. Lo expuesto importa que el deber del Estado y de la sociedad en su conjunto no culmina en el momento en que el recluso es puesto en libertad. Se vuelve menester la implementación de mecanismos y servicios que tiendan a prestar al liberado una asistencia postencierro que le permita afrontar el difícil período que constituye aquel en el cual recupera su libertad, contribuyendo a minimizar los prejuicios que sobre él puedan recaer y, por supuesto, disminuir las causas que puedan eventualmente conducirlo a una recaída delictual.

According to the International Law of Human Rights, the re-socialization and reinsertion of the convicted person is the inherent purpose to be pursued in the execution stage of imposition of a custodial sentence or measure involving deprivation of liberty. There is a vast legislation that allows to assert the previous conclusion. The State is conventionally bound to implement effective mechanisms aimed at achieving the aforementioned objective. This means that the duty of the State and society as a whole does not culminate in the moment in which the prisoner is released. It become necessary to implement of mechanisms and services that tend to provide the released a post-confinement assistance that allows him to face the difficult period in which he regains his freedom, helping to minimize the prejudices that may fall on him and reduce the causes that may eventually lead to recidivism.

No Direito Internacional dos Direitos Humanos, a re-socialização internacional e reinserção dos condenados é o propósito inerente a ser perseguido em fase de implementação da privação de liberdade. Existe uma vasta legislação que permite afirmar a conclusão anterior. O Estado é obrigado, convencionalmente, a implementar mecanismos eficazes para alcançar o objetivo acima mencionado. O precedente abarca que o dever do Estado e da sociedade como um todo não culmine no momento em que o prisioneiro é liberto. É necessária a implementação de mecanismos e serviços que tendem a prestar ao liberto uma assistência pósdetenção que lhe permita enfrentar o período difícil que é aquele em que recupera sua liberdade, contribuindo a minimizar os preconceitos que podem recair sobre ele e ajudando a minimizar as causas que podem levar a uma recaída delitiva.</dc:description>
</entry>
</feed>
