Sumario:
I. El tránsito recursivo contra las sentencias de condena luego de la entrada en vigencia de la ley 14.765 (b.o. 27/x/2015)
II. El juicio por jurados no se aplica a los procesos del fuero de responsabilidad penal juvenil
III. Necesidad de contacto personal con el joven previo a resolver –art. 60, ley 13.634-
IV. No corresponde la imposición de pena por debajo del mínimo previsto tomando en cuenta la escala de la tentativa