En el presente trabajo procuraremos dar claridad a la cuestión que involucra la falta de operatividad del ordenamiento jurídico del MERCOSUR, debida, en parte, al modelo escogido de integración regional, de neto corte intergubernamental, y que recae directamente no solo en los ordenamientos jurídicos internos de los Estados miembros sino también en aquellos que aplican las normas, en particular los jueces.
Asimismo, sostenemos que es esencial el rol del derecho en los procesos de integración, y rescatamos lo sostenido por Gajate con quien compartimos la afirmación que hizo relativa a la falta de antecedentes en la materia bajo estudio; en ese sentido la citada investigadora afirma que: "Las investigaciones y trabajos relevados como antecedentes del presente, no profundizan aspectos de la dimensión jurídica del MERCOSUR”; y es a ello a lo que aspiramos con la elaboración del presente, a tratar de arribar a un avance en lo que a materia de fuentes y jerarquía de las normas del proceso integrador del MERCOSUR, se refiere.
Tras lo anterior, realizaremos un somero análisis sobre el estado actual de la conformación del derecho mercosureño y los límites que el mismo ofrece.