Los cambios operados por la transición desde un sistema interestatal a un sistema mundial, enmarcados en el proceso de globalización, tiene un impacto específico en la concepción de las obligaciones emergentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH). En primer lugar, el Estado ha sido desplazado del eje de las relaciones internacionales por la aparición de otros actores (empresas trasnacionales, ONGs); asimismo, han aparecido nuevos sujetos de derecho internacional. La primera parte analiza, entonces, la incidencia de estos cambios en un sistema de derechos concebido sobre una noción de Estado como sujeto único de un sistema interestatal, o lo que es igual, como los cambios políticos repercuten en la formulación del DIDH en este aspecto.
En una segunda parte, el desdibujamiento del Estado, sus elementos y sus conceptos-satélite (nacionalidad, ciudadanía) deben ser toma-dos en cuenta al menos en la extensión de las obligaciones emergentes del DIDH: ello es relevante principalmente a la luz de una corriente proveniente de esta rama del derecho, según la cual la llamada interpretación evolutiva precisa y extiende cada vez más las obligaciones del sujeto pasivo Estado. ¿Cómo se articula la corriente política según la cual la soberanía en su concepción clásica tiene territorios y población cada vez menos definidos, con la corriente proteccionista emergente de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos?