Existe unanimidad en la doctrina al sostener que el principal objetivo de la reforma introducida por la ley 25.087, ha sido el de incluir dentro de la figura de la violación al sexo oral, mas, mayoritariamente se ha dicho que el modo elegido a tal fin no ha sido el correcto, pues sólo se ha conseguido al agregar la frase “cualquier vía”, introducir incertidumbre y mayor amplitud en la posibilidad de interpretación por parte de quienes deben aplicar las normas penales.