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<title>Número 13</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49936</link>
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<pubDate>Sun, 01 Nov 2026 04:37:22 GMT</pubDate>
<dc:date>2026-11-01T04:37:22Z</dc:date>
<item>
<title>Del Gobierno por la verdad jurídica al Coraje de la verdad estratégica: Recensión del libro: Obrar mal, decir la verdad. La función de la confesión en la justicia. Michel Foucault, 2014. XXI .Buenos Aires, Siglo</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49994</link>
<description>Revision
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Las clases dictadas por Foucault en Lovaina a comienzos de 1981 y recogidas por este libro en mayo de 2014, centra su interés en la reconstrucción de la historia de la confesión o de la obligación del decir veraz de sí. La confesión aparece como una superficie de refracción de una nueva forma de gobierno: el gobierno por la verdad. El autor encuadra su análisis de la confesión en la penalidad actual en el problema más amplio de larelación subjetividad-verdad en occidente. En este sentido, la obra es empeñada en un proyecto político: el del contrapositivismo, a emprenderse por una filosofía crítica que deshaga la sujeción de sí a una identidad forzada por un poder y también aceptada dócilmente por un sujeto.&#13;
El sistema penal occidental funciona al transmutar violencia en derecho. Alberga, bajo su estructura de la comprobación, la huella del agono combate por la verdad e institucionaliza una forma de poder que estableceuna relación subjetividad-verdady la consagra al ámbito de lo justo. “La práctica penal se esclarece (…) si comenzamos por resituarla en las tecnologías de gobierno” (p.33).
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:description>Las clases dictadas por Foucault en Lovaina a comienzos de 1981 y recogidas por este libro en mayo de 2014, centra su interés en la reconstrucción de la historia de la confesión o de la obligación del decir veraz de sí. La confesión aparece como una superficie de refracción de una nueva forma de gobierno: el gobierno por la verdad. El autor encuadra su análisis de la confesión en la penalidad actual en el problema más amplio de larelación subjetividad-verdad en occidente. En este sentido, la obra es empeñada en un proyecto político: el del contrapositivismo, a emprenderse por una filosofía crítica que deshaga la sujeción de sí a una identidad forzada por un poder y también aceptada dócilmente por un sujeto.&#13;
El sistema penal occidental funciona al transmutar violencia en derecho. Alberga, bajo su estructura de la comprobación, la huella del agono combate por la verdad e institucionaliza una forma de poder que estableceuna relación subjetividad-verdady la consagra al ámbito de lo justo. “La práctica penal se esclarece (…) si comenzamos por resituarla en las tecnologías de gobierno” (p.33).</dc:description>
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<item>
<title>&lt;i&gt;Violencia sexual y discurso jurídico. Análisis de sentencias penales en casos&#13;
de delitos contra la integridad sexual&lt;/i&gt;: Olga Salanueva y Daniela M. J. Zaikoski Biscay (Compiladoras). UNLPam, Santa Rosa, 2015. ISBN 978-950-863-228-9</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49993</link>
<description>Revision
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Para los que nos dedicamos a los estudios de género, la condición genérica atraviesa las identidades de las personas en todas y cada una de las situaciones en las que se hallan inmersas. Es la categoría de género la que nos permite advertir la desigualdad, la discriminación y la violencia estructural en la que se desenvuelve la vida de las mujeres.&#13;
El valor de esta obra reside en la acumulación de evidencia empírica para mostrar una de las facetas más alevosas a la que está sometida la existencia femenina, puesto que está directamente vinculada al cuerpo y a la ancestral representación de que éste es propiedad masculina. Asimismo, se ocupa de la situación de niños y niñas, por lo que se constituye también en un análisis de las representaciones de los operadores legales sobre la familia.&#13;
Sin duda que el discurso jurídico no está exento de una visión androcéntrica del mundo, a pesar de la fuerza del principio de igualdad y de los avances en la legislación.&#13;
Precisamente este estudio exhibe los condicionantes y las marcas genéricas masculinas en quienes aplican el derecho.
Es revisión de: http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/47270
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:description>Para los que nos dedicamos a los estudios de género, la condición genérica atraviesa las identidades de las personas en todas y cada una de las situaciones en las que se hallan inmersas. Es la categoría de género la que nos permite advertir la desigualdad, la discriminación y la violencia estructural en la que se desenvuelve la vida de las mujeres.&#13;
El valor de esta obra reside en la acumulación de evidencia empírica para mostrar una de las facetas más alevosas a la que está sometida la existencia femenina, puesto que está directamente vinculada al cuerpo y a la ancestral representación de que éste es propiedad masculina. Asimismo, se ocupa de la situación de niños y niñas, por lo que se constituye también en un análisis de las representaciones de los operadores legales sobre la familia.&#13;
Sin duda que el discurso jurídico no está exento de una visión androcéntrica del mundo, a pesar de la fuerza del principio de igualdad y de los avances en la legislación.&#13;
Precisamente este estudio exhibe los condicionantes y las marcas genéricas masculinas en quienes aplican el derecho.</dc:description>
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<item>
<title>Ser humano y norma: Una perspectiva argentina sobre la Teoría Pura del Derecho</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49986</link>
<description>Articulo
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Conferencia en la Universidad de Viena, 26 de marzo de 2015, con traducción del autor, donde expone una de las perspectivas de la Teoría Pura del Derecho en los ámbitos académicos argentinos, en especial en la Universidad de La Plata.
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:description>Conferencia en la Universidad de Viena, 26 de marzo de 2015, con traducción del autor, donde expone una de las perspectivas de la Teoría Pura del Derecho en los ámbitos académicos argentinos, en especial en la Universidad de La Plata.</dc:description>
</item>
<item>
<title>Entrevista a Carlos Lista</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49984</link>
<description>Contribucion a revista
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Carlos Alberto Lista es Profesor Titular de la Cátedra de Sociología de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Córdoba (UNC), ha ejercido el puesto de Director Científico en el Instituto Internacional de Sociología Jurídica (IISJ) de Oñati y es fundador de la Sociedad Argentina de Sociología Jurídica (SASJU). Es Doctor en Derecho por la UNC, Master Superior en Sociología por la New York University y Licenciado en Derecho por la UNC. &#13;
Es, además, autor de múltiples libros y artículos sobre sociología jurídica, educación y profesión jurídica.
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:description>Carlos Alberto Lista es Profesor Titular de la Cátedra de Sociología de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Córdoba (UNC), ha ejercido el puesto de Director Científico en el Instituto Internacional de Sociología Jurídica (IISJ) de Oñati y es fundador de la Sociedad Argentina de Sociología Jurídica (SASJU). Es Doctor en Derecho por la UNC, Master Superior en Sociología por la New York University y Licenciado en Derecho por la UNC. &#13;
Es, además, autor de múltiples libros y artículos sobre sociología jurídica, educación y profesión jurídica.</dc:description>
</item>
<item>
<title>¿Puede existir un teórico del derecho en un país en conflicto?</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49976</link>
<description>Articulo
Can there be a theoretician of law in a country in conflict?
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
En este trabajo se aborda, desde una historia, un problema central en la teoría del derecho: ¿qué se entiende por “teoría”? enmarcándolo en la dinámica académica de las universidades contemporáneas, pero bajo el tamiz de que se encuentra en conflicto armado –como es el caso de Colombia–. En suma, el texto se enfoca en la problemática de la enseñanza del derecho, focalizando su estudio en la teoría del derecho y cómo se afronta la discusión en las aulas de clase.; This article looks at a central problem in legal theory –what is meant by the term theory– through the lens of a short story: the problem is framed in terms of current academic dynamics in the contemporary university with a focus on the context of the Colombian armed conflict. The main issue is the teaching of legal theory in such a context and the kind of discussions that take place in the classroom.
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:description>En este trabajo se aborda, desde una historia, un problema central en la teoría del derecho: ¿qué se entiende por “teoría”? enmarcándolo en la dinámica académica de las universidades contemporáneas, pero bajo el tamiz de que se encuentra en conflicto armado –como es el caso de Colombia–. En suma, el texto se enfoca en la problemática de la enseñanza del derecho, focalizando su estudio en la teoría del derecho y cómo se afronta la discusión en las aulas de clase.

This article looks at a central problem in legal theory –what is meant by the term theory– through the lens of a short story: the problem is framed in terms of current academic dynamics in the contemporary university with a focus on the context of the Colombian armed conflict. The main issue is the teaching of legal theory in such a context and the kind of discussions that take place in the classroom.</dc:description>
</item>
<item>
<title>El mercado y la necesidad de un chivo expiatorio: Satanes, parakleitos y violencia laboral</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49974</link>
<description>Articulo
The Market´s necessity of a scapegoat. An essay on workplace harassment: Satans, parakleitos and workplace Violence
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Por medio del presente se pretende renovar el concepto de acoso moral en el trabajo, acuñado hace unos años por Heinz Leymann, y al mismo tiempo ampliar el margen de aplicación del concepto a situaciones no contempladas, en particular a trabajadores que se desempeñan en el ámbito privado. Siendo necesario la aplicación de Principios generales del Derecho, enfocados con el fin primigenio de resolver conflictos, con particular relevancia en esta materia de alterum non laedere, y la reparación consecuente, la que no puede reducirse meramente a un contenido económico.Para ello es menester la crítica efectuada por sus continuadores, Iñaki Piñuel en España y Marie-France Hirigoyen en Francia, ya sea para reafirmarlo o refutarlo y contrastar cuál ha sido el seguimiento que del mobbing, acoso moral laboral ha hecho el Derecho comparado y las posibles implicancias en el Derecho Argentino.Considerando las obligaciones emergentes de la ratificación de Tratados y Convenciones internacionales en materia de Derechos Humanos que el Estado Argentino ha ratificado, con especial enfásis en el Art. 26 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (Principio de Progresividad).; This article is an inetntion of renewing the concept of moral harassment at work, that has been introduced by Heinz Leymann some years ago, and at the same time an attempt to extend the application of the concept to situations that are not covered by legislation, particularly workers of the private sector. There is a need of the application of the general principles of law, specifically alterum non laedere, with the ultimate aim of solving conflicts, and recognizing the necessity of full reparation for harassed workers that cannot be reduced merely to a matter of money.We intend to return to the criticism of this concept made by Heinz Leymann´s followers, Iñaki Piñuel in Spain and Marie-France Hirigoyen in France, either to confirm or refute it, and also to analyze the development of workplace harassment or mobbing in comparative law and its possible implications in Argentinian law.Taking into account the obligations that emerged from international treaties and conventions on human rights ratified by Argentina, with special emphasis on the principle of progressivity contained in article 26 of the American Convention of Human Rights.
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<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:description>Por medio del presente se pretende renovar el concepto de acoso moral en el trabajo, acuñado hace unos años por Heinz Leymann, y al mismo tiempo ampliar el margen de aplicación del concepto a situaciones no contempladas, en particular a trabajadores que se desempeñan en el ámbito privado. Siendo necesario la aplicación de Principios generales del Derecho, enfocados con el fin primigenio de resolver conflictos, con particular relevancia en esta materia de alterum non laedere, y la reparación consecuente, la que no puede reducirse meramente a un contenido económico.Para ello es menester la crítica efectuada por sus continuadores, Iñaki Piñuel en España y Marie-France Hirigoyen en Francia, ya sea para reafirmarlo o refutarlo y contrastar cuál ha sido el seguimiento que del mobbing, acoso moral laboral ha hecho el Derecho comparado y las posibles implicancias en el Derecho Argentino.Considerando las obligaciones emergentes de la ratificación de Tratados y Convenciones internacionales en materia de Derechos Humanos que el Estado Argentino ha ratificado, con especial enfásis en el Art. 26 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (Principio de Progresividad).

This article is an inetntion of renewing the concept of moral harassment at work, that has been introduced by Heinz Leymann some years ago, and at the same time an attempt to extend the application of the concept to situations that are not covered by legislation, particularly workers of the private sector. There is a need of the application of the general principles of law, specifically alterum non laedere, with the ultimate aim of solving conflicts, and recognizing the necessity of full reparation for harassed workers that cannot be reduced merely to a matter of money.We intend to return to the criticism of this concept made by Heinz Leymann´s followers, Iñaki Piñuel in Spain and Marie-France Hirigoyen in France, either to confirm or refute it, and also to analyze the development of workplace harassment or mobbing in comparative law and its possible implications in Argentinian law.Taking into account the obligations that emerged from international treaties and conventions on human rights ratified by Argentina, with special emphasis on the principle of progressivity contained in article 26 of the American Convention of Human Rights.</dc:description>
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<item>
<title>Homicidios en relaciones de pareja: un abordaje desde la criminología positivista&#13;
(1927-1930)</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49972</link>
<description>Articulo
Homicides in couple relationships: an approach from positivist criminology (1927-1930)
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Este artículo analiza el proceso judicial a partir de “homicidios” ocurridos por conflictos de pareja en las clases trabajadoras, durante las primeras décadas del siglo XX. A partir de un estudio centrado en dos causas criminales de mujeres que asesinaron a sus parejas masculinas, se pretende abordar desde una dimensión social del fenómeno jurídico, la consolidación de la criminología positivista en la práctica judicial. Se examina la intersección de ésta última con el dispositivo psiquiátrico. Ese dispositivo tendrá injerencia en la investigación judicial, en el alegato del fiscal y en los fallos de los jueces. En este sentido, interesa explorar la aplicación del Código Penal de 1921, fecha significativa en el proceso de modernización de la justicia penal. El abordaje metodológico estará dado por el análisis microhistórico, a través de una mirada crítica del discurso, de los legajos penales pertenecientes a dos detenidas en la Cárcel º8 de mujeres de La Plata, que estuvieron encarceladas entre 1927 y 1930. La afrenta mortal contra sus maridos o concubinos las posicionaba en un lugar para ser evaluado por el saber médico y el jurídico. Se pretende así desarmar las oposiciones binarias genéricas que se encuentran presentes en las normatividades tanto morales como jurídicas. Al mismo tiempo, se busca identificar las identidades genéricas de los actores sociales, y su relación con la moral familiarista impuesta desde el Estado.; This article analyzes the judicial process from "homicide" by marital conflict occurred in the working class during the first decades of the twentieth century. From a study focusing on two criminal cases of women who killed their male partners, it is intended to address from a social dimension of the legal phenomenon, consolidation of positivist criminology in judicial practice. The intersection of the latter with psychiatric device is examined. This device will have interference in the judicial inquiry into the allegations of the prosecutor and in the decisions of the judges. In this sense, interested in exploring the application of the Criminal Code of 1921, significant date in the modernization of criminal justice. The methodological approach is given by the micro-historical analysis, through a critical look at the speech, criminal dossiers from two detained in Prison No. 8 women of La Plata, who were imprisoned between 1927 and 1930. The mortal affront to their husbands or partners positioned in a location to be evaluated by medical knowledge and the legal. The aim is to disarm the generic binary oppositions that are present in both moral and legal normativities. At the same time, it seeks to identify the gender identities of social actors, and their relation to the moral familialist imposed by the State.
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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This article analyzes the judicial process from "homicide" by marital conflict occurred in the working class during the first decades of the twentieth century. From a study focusing on two criminal cases of women who killed their male partners, it is intended to address from a social dimension of the legal phenomenon, consolidation of positivist criminology in judicial practice. The intersection of the latter with psychiatric device is examined. This device will have interference in the judicial inquiry into the allegations of the prosecutor and in the decisions of the judges. In this sense, interested in exploring the application of the Criminal Code of 1921, significant date in the modernization of criminal justice. The methodological approach is given by the micro-historical analysis, through a critical look at the speech, criminal dossiers from two detained in Prison No. 8 women of La Plata, who were imprisoned between 1927 and 1930. The mortal affront to their husbands or partners positioned in a location to be evaluated by medical knowledge and the legal. The aim is to disarm the generic binary oppositions that are present in both moral and legal normativities. At the same time, it seeks to identify the gender identities of social actors, and their relation to the moral familialist imposed by the State.</dc:description>
</item>
<item>
<title>Disputas jurídico – políticas en torno a las expropiaciones de inmuebles rurales en la provincia de Chaco</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49969</link>
<description>Articulo
Legal and political disputes over the expropriation of rural lands in the province of Chaco
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Las organizaciones campesinas y de pequeños productores así como también indígenas despliegan una serie de acciones y estrategias, tanto judiciales como político administrativas, para frenar los procesos de exclusión por los que atraviesan como consecuencia de los procesos desatados por la hegemonía del modelo del agronegocio. En la provincia de Chaco, este activismo se reflejó en el resurgimiento, luego del proceso liguista, de múltiples organizaciones campesinas y de pequeños productores e indígenas, con el consecuente despliegue de acciones de protesta y de resistencia. En este contexto de acorralamiento y expulsión de los pequeños productores y/o campesinos de la tierra es que me interrogo acerca de la expropiación como estrategia para lograr el acceso a la propiedad de la tierra. Así, el objetivo general de este trabajo remite a analizar y comprender los procesos de expropiación de tierras, en tanto acción político–jurídica, para lograr el acceso a la propiedad de la tierra o su titularidad por parte de pequeños productores campesinos e indígenas en la provincia de Chaco.; The peasant and of small producers well as also indigenous organizations deploy a series of actions and strategies, both judicial and administrative political, to curb the processes of exclusion by those who traverse as consequence of the processes untied for hegemony model of agribusiness. In the province of Chaco, this activism was reflected in the resurgence, after the liguista process, of multiple peasant organizations and of small producers e indigenous, with the consequent the deployment of protest actions and of resistance. In this context of encirclement and expulsion of small producers and / or peasants of land is where I’m looking of expropriation as strategy to achieve access to land ownership. Well, the overall objective of this work refers to analyze and understand the processes land expropriation, in both –juridical and political action, to achieve access to land ownership or their ownership by small producers, peasants e indigenous in the province of Chaco.
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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The peasant and of small producers well as also indigenous organizations deploy a series of actions and strategies, both judicial and administrative political, to curb the processes of exclusion by those who traverse as consequence of the processes untied for hegemony model of agribusiness. In the province of Chaco, this activism was reflected in the resurgence, after the liguista process, of multiple peasant organizations and of small producers e indigenous, with the consequent the deployment of protest actions and of resistance. In this context of encirclement and expulsion of small producers and / or peasants of land is where I’m looking of expropriation as strategy to achieve access to land ownership. Well, the overall objective of this work refers to analyze and understand the processes land expropriation, in both –juridical and political action, to achieve access to land ownership or their ownership by small producers, peasants e indigenous in the province of Chaco.</dc:description>
</item>
<item>
<title>El arbitraje de consumo en Argentina: Un análisis positivo a tres lustros de su vigencia</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49968</link>
<description>Articulo
Fifteen years of consumer arbitration in Argentina
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Desconocer las particularidades de las relaciones y contratos de consumo puede ser tan erróneo como pretender brindar solución a los conflictos que los mismos producenmediante los mecanismos dispuestos para las relaciones habituales entre profesionales del comercio y la industria.&#13;
Los conocimientos especializados en cada actividad, el respaldo económico y sobre todo la experiencia con que cuentan los proveedores de mercaderías y servicios, son razón suficiente para requerir en el tratamiento y solución de los conflictos con los consumidores, una vía diferente, adecuada y eficiente, cumpliendo de tal forma lo prescripto por el artículo 42 de la Constitución Nacional.&#13;
El Arbitraje de Consumo en Argentina, ha cumplido ese objetivo desde 1998, aunque no se haya adoptado masivamente por esa sociedad particular que existe entre proveedores y consumidores.&#13;
Las virtudes de este mecanismo gratuito, rápido y transparente para la solución de los reclamos de consumidores, han encontrado apoyos expresos tanto como críticas interesadas.&#13;
Tal como se verá, su aceptación o rechazo por los destinatarios de esta eficaz herramienta para la pacificación de las relaciones de consumo, dependen en definitiva de la óptica con que se mire y, sin dudas, de los intereses que condicionen su análisis.; Ignore the particularities of contracts that consumers subscribe to buy goods and services is as wrong as use the available dispute resolution mechanisms aimed for commercial relations among professionals to consumer conflicts that may arise from those contracts.&#13;
Providers of goods and services have specialized knowledge in their activity as well as economic support and, above all, expertise on their business; these facts reveal the need to manage and solve consumer disputes through an adequate and efficient mechanism in order to comply with Article 42 of the Constitution.&#13;
Consumer arbitration in Argentina has met this goal since 1998 although it was not adopted massively by consumers and providers.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49968</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Desconocer las particularidades de las relaciones y contratos de consumo puede ser tan erróneo como pretender brindar solución a los conflictos que los mismos producenmediante los mecanismos dispuestos para las relaciones habituales entre profesionales del comercio y la industria.&#13;
Los conocimientos especializados en cada actividad, el respaldo económico y sobre todo la experiencia con que cuentan los proveedores de mercaderías y servicios, son razón suficiente para requerir en el tratamiento y solución de los conflictos con los consumidores, una vía diferente, adecuada y eficiente, cumpliendo de tal forma lo prescripto por el artículo 42 de la Constitución Nacional.&#13;
El Arbitraje de Consumo en Argentina, ha cumplido ese objetivo desde 1998, aunque no se haya adoptado masivamente por esa sociedad particular que existe entre proveedores y consumidores.&#13;
Las virtudes de este mecanismo gratuito, rápido y transparente para la solución de los reclamos de consumidores, han encontrado apoyos expresos tanto como críticas interesadas.&#13;
Tal como se verá, su aceptación o rechazo por los destinatarios de esta eficaz herramienta para la pacificación de las relaciones de consumo, dependen en definitiva de la óptica con que se mire y, sin dudas, de los intereses que condicionen su análisis.

Ignore the particularities of contracts that consumers subscribe to buy goods and services is as wrong as use the available dispute resolution mechanisms aimed for commercial relations among professionals to consumer conflicts that may arise from those contracts.&#13;
Providers of goods and services have specialized knowledge in their activity as well as economic support and, above all, expertise on their business; these facts reveal the need to manage and solve consumer disputes through an adequate and efficient mechanism in order to comply with Article 42 of the Constitution.&#13;
Consumer arbitration in Argentina has met this goal since 1998 although it was not adopted massively by consumers and providers.</dc:description>
</item>
<item>
<title>La ejecución de laudos anulados y la Convención de Nueva York: tres perspectivas diferentes</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49967</link>
<description>Articulo
The enforcement of annuled arbitral award and the New York Convention, three different perspectives
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
El artículo describe y analiza críticamente –a partir de la jurisprudencia– las tres principales perspectivas en materia de reconocimiento y ejecución de laudos anulados en los términos de la Convención de Nueva York (1958). El artículo concluye que la Convención permite que un laudo anulado por los tribunales de la sede del arbitraje sea ejecutado en otro país siempre y cuando existan “razones adecuadas” para ello.; The article describes and critically analyzes the main perspectives on recognition and enforcement of annuled arbitral award under the New York Convention (1958). The article concludes that the Convention allows the enforcement of annuled award provided that there are “adequate reasons” for doign so.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49967</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El artículo describe y analiza críticamente –a partir de la jurisprudencia– las tres principales perspectivas en materia de reconocimiento y ejecución de laudos anulados en los términos de la Convención de Nueva York (1958). El artículo concluye que la Convención permite que un laudo anulado por los tribunales de la sede del arbitraje sea ejecutado en otro país siempre y cuando existan “razones adecuadas” para ello.

The article describes and critically analyzes the main perspectives on recognition and enforcement of annuled arbitral award under the New York Convention (1958). The article concludes that the Convention allows the enforcement of annuled award provided that there are “adequate reasons” for doign so.</dc:description>
</item>
<item>
<title>Sanciones en el arbitraje internacional: hacia una reglamentación uniforme</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49966</link>
<description>Articulo
Enactments in International Arbitration: Toward a uniform regulation
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
El articulo analiza las diferentes reglas éticas que se aplican a los abogados que trabajan en la arena&#13;
internacional, y la situación particular del arbitraje internacional, que engendra la posibilidad de que los letrados&#13;
de las diferentes partes –y hasta los diferentes abogados que representen a la misma parte– estén sometidos a&#13;
reglas éticas distintas. A continuación, el artículo se aboca a analizar los Lineamientos de la IBA sobre&#13;
Representación de Partes, que fueron sancionados para proporcionar un común denominador entre los&#13;
profesionales de diversas jurisdicciones activos en el arbitraje internacional.; The paper analyzes the several different deontological rules which may apply to counsel working in the&#13;
international sphere, and the particular situation of international arbitration, which brings about the possibility&#13;
that the different lawyers representing the parties –even, the different representatives of the same party– be&#13;
subject to different rules. Next, the paper focuses on the IBA Guidelines on Party Representation, which have&#13;
been enacted to provide a common ground among professionals of different jurisdictions in international&#13;
arbitration.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49966</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El articulo analiza las diferentes reglas éticas que se aplican a los abogados que trabajan en la arena&#13;
internacional, y la situación particular del arbitraje internacional, que engendra la posibilidad de que los letrados&#13;
de las diferentes partes –y hasta los diferentes abogados que representen a la misma parte– estén sometidos a&#13;
reglas éticas distintas. A continuación, el artículo se aboca a analizar los Lineamientos de la IBA sobre&#13;
Representación de Partes, que fueron sancionados para proporcionar un común denominador entre los&#13;
profesionales de diversas jurisdicciones activos en el arbitraje internacional.

The paper analyzes the several different deontological rules which may apply to counsel working in the&#13;
international sphere, and the particular situation of international arbitration, which brings about the possibility&#13;
that the different lawyers representing the parties –even, the different representatives of the same party– be&#13;
subject to different rules. Next, the paper focuses on the IBA Guidelines on Party Representation, which have&#13;
been enacted to provide a common ground among professionals of different jurisdictions in international&#13;
arbitration.</dc:description>
</item>
<item>
<title>Medidas cautelares en arbitraje y la incorporación del árbitro de emergencia</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49960</link>
<description>Articulo
Conservatory measures on arbitration and the incorporation of emergency arbitrator
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Uno de los temas más relevantes en el arbitraje es el tratamiento de las medidas cautelares dentro del proceso. Cada vez es más recurrente que los tribunales estatales den más reconocimiento a las decisiones de los árbitros, referidas a remedios procesales. De su lado, el arbitraje también viene incorporando figuras o procedimientos que refuerzan la jurisdicción cautelar. Tal es el caso del árbitro de emergencia.; Conservatory measures are one of the most important subjects on arbitration. State courts recognise everytime more the arbitrators decisions regarding on remedies during arbitration. On behalf, arbitration has incorporated new procedures aiming to enforce the protection of parties and their interests. That is the case of the emergency arbitrator.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49960</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Uno de los temas más relevantes en el arbitraje es el tratamiento de las medidas cautelares dentro del proceso. Cada vez es más recurrente que los tribunales estatales den más reconocimiento a las decisiones de los árbitros, referidas a remedios procesales. De su lado, el arbitraje también viene incorporando figuras o procedimientos que refuerzan la jurisdicción cautelar. Tal es el caso del árbitro de emergencia.

Conservatory measures are one of the most important subjects on arbitration. State courts recognise everytime more the arbitrators decisions regarding on remedies during arbitration. On behalf, arbitration has incorporated new procedures aiming to enforce the protection of parties and their interests. That is the case of the emergency arbitrator.</dc:description>
</item>
<item>
<title>La jurisdicción mercantil y la globalizacion comercial: The comercial jurisdiction and the commercial globalization</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49950</link>
<description>Articulo
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
La evolución de la jurisdicción mercantil desde la era romana, pasando por la objetivización positiva del derecho, hasta que el impacto de la globalización económica exige una jurisdicción mercantil práctica y autónoma, que se expresa en el arbitraje comercial, pero que la tecnología electrónica plantea una jurisdicción mercantil judicial electrónica. La jurisdicción mercantil contiene principios y fundamentos propios desde sus orígenes, que fueron adaptándose a las diversas condiciones que marcaron las diversas etapas de la evolución de la jurisdicción de esta tradición jurídica, que aún ante el derecho objetivo romano, sostenía su carácter arbitral, que subsiste hasta la actualidad, sobreponiéndose a la época de auge conceptual del derecho positivo, y recuperando su carácter de orden jurídico realista y práctico en la globalización.; The evolution of the commercial jurisdiction since the Roman era, passing by the objectification of positive law, until the impact of economic globalization requires a practical and autonomous, commercial jurisdiction expressed in commercial arbitration, but electronic technology poses an electronic merchant judicial jurisdiction. The commercial jurisdiction contains principles and own fundamentals from its origins, which were adapted to the different conditions that marked the various stages of the evolution of the jurisdiction of this legal tradition, which even before the Roman objective law, argued his character referees, which remains until the present time, overcoming the time of conceptual boom of positive law, and recovering its character of realistic and practical legal order on globalization.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>La evolución de la jurisdicción mercantil desde la era romana, pasando por la objetivización positiva del derecho, hasta que el impacto de la globalización económica exige una jurisdicción mercantil práctica y autónoma, que se expresa en el arbitraje comercial, pero que la tecnología electrónica plantea una jurisdicción mercantil judicial electrónica. La jurisdicción mercantil contiene principios y fundamentos propios desde sus orígenes, que fueron adaptándose a las diversas condiciones que marcaron las diversas etapas de la evolución de la jurisdicción de esta tradición jurídica, que aún ante el derecho objetivo romano, sostenía su carácter arbitral, que subsiste hasta la actualidad, sobreponiéndose a la época de auge conceptual del derecho positivo, y recuperando su carácter de orden jurídico realista y práctico en la globalización.

The evolution of the commercial jurisdiction since the Roman era, passing by the objectification of positive law, until the impact of economic globalization requires a practical and autonomous, commercial jurisdiction expressed in commercial arbitration, but electronic technology poses an electronic merchant judicial jurisdiction. The commercial jurisdiction contains principles and own fundamentals from its origins, which were adapted to the different conditions that marked the various stages of the evolution of the jurisdiction of this legal tradition, which even before the Roman objective law, argued his character referees, which remains until the present time, overcoming the time of conceptual boom of positive law, and recovering its character of realistic and practical legal order on globalization.</dc:description>
</item>
<item>
<title>El contrato de arbitraje y su autonomía respecto del contrato que lo contiene</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49947</link>
<description>Articulo
The arbitration agreement and its autonomy from the contract containing it
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
El Código Civil y Comercial de la Nación ha incorporado un capítulo sobre el “contrato de arbitraje”. Entre otras disposiciones, determina que el acuerdo arbitral contenido en un contrato como cláusula del mismo es autónomo o separable de éste, lo cual implica que las vicisitudes que afecten al contrato no se trasladan, necesariamente, al acuerdo arbitral, cuya existencia y validez deben juzgarse independientemente. Ello ha implicado recoger normativamente el principio de la separabilidad o autonomía del acuerdo arbitral.; The Civil and Comercial Code of the Nation has incorporate a chapter about “arbitral agreement”. Among other dispositions, it determinates that the arbitral agreement contained in a contract as the same clause is autonomous or separable from this, implying that the vicissitudes affecting the contract is not necessarily transferred to the arbitration agreement, whose existence and validity must be judged independently. This has implicated involved normatively the principle to separability or autonomy to arbitral agreement.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49947</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>El Código Civil y Comercial de la Nación ha incorporado un capítulo sobre el “contrato de arbitraje”. Entre otras disposiciones, determina que el acuerdo arbitral contenido en un contrato como cláusula del mismo es autónomo o separable de éste, lo cual implica que las vicisitudes que afecten al contrato no se trasladan, necesariamente, al acuerdo arbitral, cuya existencia y validez deben juzgarse independientemente. Ello ha implicado recoger normativamente el principio de la separabilidad o autonomía del acuerdo arbitral.

The Civil and Comercial Code of the Nation has incorporate a chapter about “arbitral agreement”. Among other dispositions, it determinates that the arbitral agreement contained in a contract as the same clause is autonomous or separable from this, implying that the vicissitudes affecting the contract is not necessarily transferred to the arbitration agreement, whose existence and validity must be judged independently. This has implicated involved normatively the principle to separability or autonomy to arbitral agreement.</dc:description>
</item>
<item>
<title>El arbitraje comercial internacional y los Moot Practice: Los métodos que se utilizan en la enseñanza de las Ciencias Jurídicas y Sociales</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49946</link>
<description>Articulo
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
La influencia positiva que generan en la enseñanza en el campo de las Ciencias Jurídicas y Sociales, los Moot Practice, favoreciendo el desarrollo de la creatividad, del trabajo en equipo, de estrategias de análisis, de espíritu crítico, las relaciones que se establecen con los estudiantes de otras universidades y con los profesores de las Casas de Estudio, fortaleciendo intercambios. Al tiempo, que también los posiciona profesionalmente, ya que muchos Arbitros participantes como jurados, forman parte de importantes bufetes de abogados y en ese sentido convocan a los estudiantes que se destacaron en las competencias. Los “Moot”, como método de enseñanza del Arbitraje Comercial Internacional, constituyen un aprendizaje integrador, la experiencia capaz de brindar herramientas como ninguna otra práctica en el grado lo hace. Así, con un caso hipotético, los estudiantes seleccionados, investigan, generan estrategias, argumentan, elaboran memoriales y verbalizan en el debate oral.; The positive influence that generated the teaching in the field of legal and social sciences, the Moot Practice, favouring the development of creativity, of teamwork, of strategies of analysis, of spirit critical, the relationships established with the students of other universities and with the Houses of Study teachers, strengthening exchanges. At the same time, it also positions them professionally, since many Arbitrators participating as jurors, form part of major law firms and in that sense they call for students who stood out in the competitions. The “Moots”, as teaching method of the International Commercial Arbitration, constitute an integrative learning, the experience that is able to provide tools as any other practice in the degree makes it. Thus, with a hypothetical case, selected students, investigate, generate strategies, argue, elaborate memorials and verbalize in the oral debate.
Dossier: Arbitraje comercial
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49946</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>La influencia positiva que generan en la enseñanza en el campo de las Ciencias Jurídicas y Sociales, los Moot Practice, favoreciendo el desarrollo de la creatividad, del trabajo en equipo, de estrategias de análisis, de espíritu crítico, las relaciones que se establecen con los estudiantes de otras universidades y con los profesores de las Casas de Estudio, fortaleciendo intercambios. Al tiempo, que también los posiciona profesionalmente, ya que muchos Arbitros participantes como jurados, forman parte de importantes bufetes de abogados y en ese sentido convocan a los estudiantes que se destacaron en las competencias. Los “Moot”, como método de enseñanza del Arbitraje Comercial Internacional, constituyen un aprendizaje integrador, la experiencia capaz de brindar herramientas como ninguna otra práctica en el grado lo hace. Así, con un caso hipotético, los estudiantes seleccionados, investigan, generan estrategias, argumentan, elaboran memoriales y verbalizan en el debate oral.

The positive influence that generated the teaching in the field of legal and social sciences, the Moot Practice, favouring the development of creativity, of teamwork, of strategies of analysis, of spirit critical, the relationships established with the students of other universities and with the Houses of Study teachers, strengthening exchanges. At the same time, it also positions them professionally, since many Arbitrators participating as jurors, form part of major law firms and in that sense they call for students who stood out in the competitions. The “Moots”, as teaching method of the International Commercial Arbitration, constitute an integrative learning, the experience that is able to provide tools as any other practice in the degree makes it. Thus, with a hypothetical case, selected students, investigate, generate strategies, argue, elaborate memorials and verbalize in the oral debate.</dc:description>
</item>
<item>
<title>Editorial del número 13: Dossier sobre Arbitraje Comercial</title>
<link>http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49941</link>
<description>Contribucion a revista
Derecho y Ciencias Sociales; no. 13
Este dossier de la Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, ha sido dedicado a diversas cuestiones críticas del Arbitraje Comercial Internacional. En el entendimiento que el comercio internacional, la economía internacional, son lugares por donde transita su desenvolvimiento.&#13;
En Argentina no se cuenta aún con una normativa internacional sobre Arbitraje, y el otro caso es el de Uruguay, el resto de los países americanos cuenta con normativa específica referida al Arbitraje Internacional y donde la contribución mas destacada proviene de los trabajos llevados adelante por UNCITRAL o CNUDMI, Comisión de Naciones Unidas para la unificación del Derecho Mercantil Internacional.&#13;
Por ello, es que, los artículos aquí reunidos forman parte de la convocatoria realizada especialmente entre quienes trabajan en la problemática desde su ejercicio profesional y, que combinan dicha actividad con la reflexión teórica sobre sus prácticas y la docencia.
</description>
<pubDate>Thu, 01 Oct 2015 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://sedici.unlp.edu.ar:80/handle/10915/49941</guid>
<dc:date>2015-10-01T00:00:00Z</dc:date>
<dc:description>Este dossier de la Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, ha sido dedicado a diversas cuestiones críticas del Arbitraje Comercial Internacional. En el entendimiento que el comercio internacional, la economía internacional, son lugares por donde transita su desenvolvimiento.&#13;
En Argentina no se cuenta aún con una normativa internacional sobre Arbitraje, y el otro caso es el de Uruguay, el resto de los países americanos cuenta con normativa específica referida al Arbitraje Internacional y donde la contribución mas destacada proviene de los trabajos llevados adelante por UNCITRAL o CNUDMI, Comisión de Naciones Unidas para la unificación del Derecho Mercantil Internacional.&#13;
Por ello, es que, los artículos aquí reunidos forman parte de la convocatoria realizada especialmente entre quienes trabajan en la problemática desde su ejercicio profesional y, que combinan dicha actividad con la reflexión teórica sobre sus prácticas y la docencia.</dc:description>
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