El constante desarrollo de las nuevas tecnologías y, en especial, de la informática, han creado la necesidad de una adecuada protección legal del derecho a la privacidad y a la intimidad. Con este objeto, la Reforma de la Constitución Nacional de 1994, ha incorporado expresamente en su texto el instituto del Habeas Data. De la misma forma, ha sido receptado en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, aunque sin denominarlo expresamente de esa manera, consagrándolo en el art. 20 párrafo tercero como una garantía, estableciendo que “...a través de la garantía de habeas data que se regirá por el procedimiento que la ley determine, toda persona podrá conocer lo que conste de la misma en forma de registro, archivo o banco de datos, de organismos públicos o privados destinados a proveer informes, asi como la finalidad a que se destine esa información, y a requerir su rectificación, actualización o cancelación. No podrá afectarse el secreto de las fuentes y el contenido de la información periodística.
Ningún dato podrá registrarse con fines discriminatorios ni será proporcionado a terceros, salvo que tengan un interés legítimo. El uso de la informática no podrá vulnerar el honor, la intimidad personal y familiar y el pleno ejercicio de los derechos...n El instituto del habeas data constituye una de las garantías más novedosas y modernas incluidas en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y también del derecho procesal constitucional.
Este trabajo surgió como producto de las numerosas inquietudes y dudas producidas por la ausencia de uniformidad de interpretaciones, aplicaciones y argumentos dados por la doctrina y la jurisprudencia en general, pero que sin duda fueron los pilares fundamentales a partir de los cuales se comenzó a construir y a elaborar nuestra opinión propia.
Que se vuelca en el presente trabajo de investigación, donde se mezclan diferentes fuentes ideológicas, esfuerzos y opiniones que intentan darle al mismo un carácter objetivo. Es necesario realizar esta introducción para comenzar el desarrollo de este trabajo, como lo es la determinación de la naturaleza jurídica del habeas data y posteriormente la legitimación procesal para ejercer la acción garantizadora correspondiente.