El concepto jurídico de naturaleza ha atraído menos la atención de los estudiosos que otros relacionados con ella como los de nación y patria. A diferencia de ellos, fue reemplazado a fin del Antiguo Régimen por el concepto de ciudadanía, en lugar de mutar sus contenidos significativos. Otra cosa es que, pese a ello, los rasgos del natural persistieron como identificatorios del ciudadano en la primera constitución liberal de España.
Su lenta elaboración exigió resignificaciones producidas por la necesidad de identificar jurídicamente a quienes pertenecían a la comunidad, en contextos políticos que lo ponían en cuestión.