En el marco de la filosofía política y de la actividad política ha irrumpido en el siglo XXI con una fuerza renovada el populismo, que a los fines de su institucionalización ha traído además el surgimiento en el campo tanto de la teoría constitucional como de la práctica político-constitucional una variante doctrinaria que se ha conocido como populismo constitucional. Desde el populismo constitucional se han tomado los argumentos del constitucionalismo popular surgido en Estados Unidos contra cuestiones específicas de sus sistema de fuentes de derecho y del proceso de toma de decisiones judiciales, en particular la interpretación constitucional; y se ha lanzado críticas al constitucionalismo clásico en general y a las democracias constitucionales en particular. Dichas críticas se centran en la rigidez constitucional, en el sistema de control entre poderes constituidos, y en los límites impuestos en las constituciones a las decisiones de las mayorías, cuando las mismas avanzan sobre derechos fundamentales. De esa manera se analiza el desarrollo de los discursos, pero además las prácticas políticas y jurídicas concretas en los países en los que el populismo constitucional ha logrado sus objetivos institucionales, analizando entonces las consecuencias en materia política, institucional y en respeto a los derechos humanos.