La lingüista Ángela Di Tullio (1997) define el verbo como "el elemento nuclear de la cláusula por dos motivos: determina el número y el tipo de complementos y en él se asientan los rasgos de flexión” (p. 225). La primera característica, que será desarrollada en el capítulo 9, consiste en que el verbo es el centro de la oración, puesto que determina qué tipo de elementos se pueden articular con él. En este capítulo nos dedicaremos a la segunda característica: sus muchas posibilidades de variación, es decir los rasgos de su morfología. El DLE de la RAE, en su acepción 3, define el verbo como "la clase de palabra cuyos elementos pueden tener variación de persona, número, tiempo, modo y aspecto”. Estos rasgos que hacen variar la forma del verbo son los rasgos de flexión o flexivos. Los últimos tres son exclusivos del verbo.