Este trabajo está enfocado en la reforma de Código Civil y Comercial del año 2015 con respecto a una cuestión que surge de las realidades de las familias y que este no ha contemplado en su totalidad, la reforma fue escasa en este sentido. Los casos de pluriparentalidad, socioafectividad y técnicas de inseminación caseras no fueron incorporados por el legislador, por lo que de presentarse casos de tres personas con voluntad de ser padres o madres se genera un conflicto con la normativa. Esta situación lleva a plantear la inaplicabilidad o inconstitucionalidad del art. 558 del mismo cuerpo legal en el que se acepta sólo dos vínculos filiales, dejando fuera estas nuevas conformaciones de familias.