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dc.date.accessioned 2023-12-20T17:31:54Z
dc.date.available 2023-12-20T17:31:54Z
dc.date.issued 2015-12
dc.identifier.uri http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/161757
dc.description.abstract Decir no sólo es describir algún estado de cosas o enunciar algún hecho, con verdad o falsedad; decir consiste en mucho más que eso: es realizar o hacer cosas con palabras. ¿Qué actos se hacen con palabras cuando algo se dice? Pueden distinguirse diferentes actos según la relación que se establezca entre la palabra y la realidad o, más específicamente dicho, según si la palabra cambia o no cambia la realidad: a) cuando la sola palabra cambia la realidad, el acto de habla es declarativo; p. ej., cuando el juez declara nulo un acto procesal, se llega a una nueva realidad —nulidad del acto procesal— que antes no existía; b) cuando la palabra no cambia la realidad sino que tan sólo la describe, el acto de habla es representativo si lo descrito es una realidad externa al sujeto hablante (p. ej., cuando el litigante afirma que tal o cual hecho sucedió), o el acto de habla es expresivo si lo descrito es una realidad interna al sujeto hablante (p. ej., cuando el litigante afirma que tal o cual hecho lo mortificó espiritualmente); c) cuando la sola palabra no cambia la realidad, sino que busca que luego alguien hago algo para cambiarla, el acto de habla puede ser directivo (el hablante busca que otro hago algo, p. ej., cuando el juez condena a pagar, con su sola palabra no materializa el pago, sino que busca que luego el deudor con su comportamiento sí lo materialice) o conmisivo (el hablante busca que él mismo haga algo, p. ej., cuando el contratante asume la obligación de pagar una suma de dinero, o cuando el litigante ofrece prueba para acreditar hechos). En consecuencia, proponemos la siguiente clasificación operativa (2) de esos actos: a) actos asertivos (afirmar), que describen realidades externas (representativos) o que describen realidades internas (expresivos); con ellos decimos a la gente cómo es para nosotros el mundo exterior y cómo es nuestro mundo interior; a través de ellos hacemos que la palabra siga al mundo; b) actos declarativos (declarar), que producen cambios en el mundo; a través de ellos hacemos que el mundo siga a la palabra; c) actos compromisivos (prometer, amenazar, ofrecer, advertir), a través de ellos buscamos cambiar al mundo cuando hagamos lo que nos hemos impuesto a hacer; d) actos directivos (ordenar, pedir, preguntar) a través de ellos buscamos cambiar al mundo cuando la gente —no nosotros— haga algo que la hemos de alguna manera inducido a hacer. es
dc.language es es
dc.subject Lingüística es
dc.subject derecho procesal es
dc.subject acto es
dc.title La pretensión es un pedido y algo más: diálogos entre la lingüística y el derecho procesal es
dc.type Articulo es
sedici.identifier.other AP/DOC/876/2015 es
sedici.identifier.issn 0326-1190 es
sedici.creator.person Cucatto, Mariana es
sedici.creator.person Sosa, Toribio Enrique es
sedici.subject.materias Ciencias Jurídicas es
sedici.subject.materias Letras es
sedici.description.fulltext true es
mods.originInfo.place Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación es
sedici.subtype Articulo es
sedici.rights.license Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)
sedici.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
sedici.relation.journalTitle Jurisprudencia Argentina es
sedici.relation.journalVolumeAndIssue no. IV es


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