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dc.date.accessioned 2018-04-11T12:07:00Z
dc.date.available 2018-04-11T12:07:00Z
dc.date.issued 2017
dc.identifier.uri http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/66105
dc.description.abstract Se examina críticamente en este trabajo la regla general de la obligatoriedad de la mediación, proponiendo repensar la necesidad de reformular dicho rasgo fundamental del sistema. Se plantea revisar la decisión de imponer obligatoriamente el tránsito por la mediación a toda contienda, sin trabajar en los restantes incentivos tendientes a lograr una solución autocompuesta. Provisoriamente, hasta que se incluya la mediación dentro de una reforma comprensiva del sistema de justicia se propone ponderar la posibilidad de reducir los alcances de la regla de la obligatoriedad de la mediación, aplicándose de modo automático sólo para las contiendas de tipo coexistencial. En las restantes materias mediables, dicho régimen provisional debería permitir a las partes o a los jueces analizar en cada caso las ventajas de acudir a un mediador extrajudicial para que los auxilie en la solución de conflictos que se aprecia que no pueden ser remediados por negociación directa, por conciliación en sede judicial, o que difícilmente arriben a una solución pronta y/o efectiva mediante una sentencia de mérito. También se propone incorporar la discusión de política pública relativa a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos (y en particular, a la mediación) dentro de un plan integral de reforma de la justicia civil (“lato sensu”). es
dc.description.abstract This work examines critically the rule of compulsory mediation, proposing to rethink the need to reformulate the fundamental feature of the system. It intends to review the legal regime of mandatory transit through the mediation process in every almost every civil matter, without working on the remaining incentives to achieve a negotiated solution. Temporarily, until mediation is included on a comprehensive justice system reform, it states the possibility of reducing the scope of mandatory mediation rule, applying it automatically only in co-existential cases. In the remaining matters capable of mediation, these provisional arrangements should allow the parties or judges to analyze in each case the advantages of attending an out-of-court mediator to assist them in the resolution of their conflicts. en
dc.format.extent 710-723 es
dc.language es es
dc.subject solución de conflictos es
dc.subject mediación es
dc.subject métodos alternativos es
dc.title La obligatoriedad de la mediación ¿es necesario revisar el modelo vigente? es
dc.title.alternative Mandatory mediation: ¿Is it necessary to review the existing model? en
dc.type Articulo es
sedici.identifier.issn 0075-7411 es
sedici.creator.person Giannini, Leandro es
sedici.subject.materias Ciencias Jurídicas es
sedici.description.fulltext true es
mods.originInfo.place Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales es
sedici.subtype Articulo es
sedici.rights.license Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 2.5 Argentina (CC BY-NC-ND 2.5)
sedici.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
sedici.description.peerReview peer-review es
sedici.relation.journalTitle Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales es
sedici.relation.journalVolumeAndIssue no. 47 es


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Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 2.5 Argentina (CC BY-NC-ND 2.5) Excepto donde se diga explícitamente, este item se publica bajo la siguiente licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 2.5 Argentina (CC BY-NC-ND 2.5)