Subir material

Suba sus trabajos a SEDICI, para mejorar notoriamente su visibilidad e impacto

 

Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.date.accessioned 2018-06-15T12:50:19Z
dc.date.available 2018-06-15T12:50:19Z
dc.date.issued 2017-12
dc.identifier.uri http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/67446
dc.description.abstract El “litigio de interés público” -las acciones de incidencia originadas en el movimiento de los derechos civiles3 que buscan reestructurar organismos públicos- ha cambiado a lo largo de las últimas tres décadas. Ha pasado de enfocarse en una intervención para la remediación basada en un modelo de “comando y control”, a una que puede llamarse “experimentalista”. En vez de recurrir a un régimen de reglas fijas y verticalistas, el enfoque experimentalista pone el énfasis en la negociación permanente entre las partes interesadas, la revisión continua de las medidas de desempeño, y la transparencia. El experimentalismo es patente en todas las áreas principales de intervención del derecho de interés público: escuelas, instituciones de salud mental, prisiones, fuerzas de policía, y vivienda social. En buena medida, este desarrollo no fue anticipado ni advertido por los defensores del litigio de interés público ni por sus críticos. En este artículo, describimos la aparición del modelo experimentalista y alegamos que éste torna abstractas varias de las críticas clásicas al litigio de interés público. Además, sugerimos que el desarrollo de dicho modelo provee respuestas a algunos problemas doctrinales muy conocidos, incluido el de los límites de la discrecionalidad judicial para dar operatividad a los derechos de interés público y el de las restricciones que trae aparejadas el principio de división de poderes. Nuestra interpretación entiende a los casos de interés público como instancias esenciales de los “derechos de desestabilización”: derechos a “desenmascarar” instituciones que de manera sistemática han omitido cumplir con sus obligaciones, pero que son inmunes a las fuerzas tradicionales de corrección política de esa disfuncionalidad. Dicha interpretación provee razones de por qué el reconocimiento e implementación judicial de esos derechos puede inducir a un mejor cumplimiento de las obligaciones legales y a la vez ser consistente con nuestra estructura de gobierno. es
dc.format.extent 9-91 es
dc.language es es
dc.subject litigio de interés público es
dc.subject modelo experimentalista es
dc.title Derechos de desestabilización: el triunfo del litigio de interés público es
dc.type Articulo es
sedici.identifier.issn 2545-8604 es
sedici.creator.person Sabel, Charles F. es
sedici.creator.person Simon, William H. es
sedici.subject.materias Ciencias Jurídicas es
sedici.description.fulltext true es
mods.originInfo.place Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales es
sedici.subtype Articulo es
sedici.rights.license Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)
sedici.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/
sedici.contributor.colaborator Mamberti, María Emilia (traducción) es
sedici.description.peerReview peer-review es
sedici.relation.journalTitle Revista de Interés Publico es
sedici.relation.journalVolumeAndIssue año 1, no. 2 es


Descargar archivos

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0) Excepto donde se diga explícitamente, este item se publica bajo la siguiente licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)