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dc.date.accessioned 2020-08-25T04:55:45Z
dc.date.available 2020-08-25T04:55:45Z
dc.date.issued 2017
dc.identifier.uri http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/103028
dc.description.abstract En nuestro derecho rige la máxima que el “onus probandi”, es decir la carga de prueba, recae en aquél que asevera un hecho, es decir que los litigantes deben ajustar su conducta a probar los hechos que alegan. Los hechos alegados y probados serán tenidos en cuenta por el juez y en base a las reglas de la sana critica, el juez será encargado de resolver el conflicto a través de un fallo fundado y en función de un buen servicio de justicia. Sin embargo nuestro nuevo Código Civil y Comercial, vigente desde agosto del año 2015, ha incorporado en el texto de la norma, la aplicación de las llamadas “cargas dinámicas”, esto quiere decir que permite distribuir la carga de la prueba, según quien se encuentre en mejores condiciones de aportarla. Lo peligroso de la redacción de esta norma, más allá de la teoría de las cargas dinámicas, es que le confiere la potestad de distribuir la carga de la prueba al juez, quién deberá “ponderar”, quién está en mejores condiciones para aportarla. Pero, qué es lo que hace pensar que el juez, está en mejores condiciones de determinar esta situación. Esta facultad concedida al juez es claramente contraria a los derechos de defensa en juicio. De ninguna manera se desconoce, las aptitudes de conocimiento técnico del juzgador, pero qué nos asegura que él no cometerá un error, que lo hará terminar dictando un fallo incoherente y lleno de discreción. Creemos que la norma del art. 1735 del Código Civil y Comercial, confiere demasiadas potestades judiciales, y demasiado ámbito de discreción al juzgador, generando en consecuencia fallos pasibles de crítica. es
dc.language es es
dc.subject Derecho Procesal es
dc.subject Código Civil y Comercial es
dc.title Teoría de las cargas probatorias dinámicas en el Código Civil y Comercial de Nación es
dc.type Objeto de conferencia es
sedici.identifier.uri http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Guzm%C3%A1n-Medina-Roc%C3%ADo-con-aval.pdf es
sedici.title.subtitle Necesidad de delimitar la facultad discrecional de los jueces es
sedici.creator.person Guzmán Medina, Rocío es
sedici.subject.materias Derecho es
sedici.description.fulltext true es
mods.originInfo.place Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales es
sedici.subtype Objeto de conferencia es
sedici.rights.license Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)
sedici.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
sedici.date.exposure 2017-09
sedici.relation.event XXVI Jornadas Nacionales de Derecho Civil (La Plata, septiembre 2017) es
sedici.description.peerReview peer-review es


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