En el presente informe va incluido lo tratado en el informe preliminar de fecha Julio 26 de 1917; pues sus conclusiones son aplicables a toda la zona más baja designada en el plano acompañado formando las secciones Nos. 17, 18, 21 y 24, y las bases en que se funda pueden hacerse extensivas a toda la región inundable.
De acuerdo con los términos de la citada nota de Octubre de 1916, el presente informe está dividido en dos partes; la primera dá la opinión que he formado sobre los proyectos presentados por la Comisión designada para dictaminar respecto a las obras ejecutadas y para su corrección, y la segunda contiene las bases y los lincamientos generales a que deben sujetarse, a mi juicio, las obras necesarias, desde que no puedo recomendar ninguno de los proyectos presentados, por las razones que a continuación expongo.