La protección de datos personales es el resguardo jurídico de las personas en relación al almacenamiento, procesamiento y uso de información personal para garantizar el derecho a su honor y su intimidad. En este contexto, todas aquellas comunicaciones escritas u orales que presenten casos individuales y/o colectivos y/o utilicen imágenes y grabaciones de voz, cualquiera sea su categoría, que hacen referencia a personas, constituyen actividades de investigación o científicas que implican un tratamiento de datos personales. El uso de estos datos se encuentra sometido, en cada país, a los principios que establece la legislación vigente en materia de protección de esa información.
En Argentina, la protección de datos personales se encuentra garantizada por la acción de “habeas data” incorporada en el artículo 43 de la Constitución Nacional de 1994. Posteriormente, el 30 de octubre de 2000, se promulgó la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales y sus correspondientes Normas Reglamentarias y Complementarias (Decreto 1558/2001, Disposición 7/2005 DN y Disposición 11/2006 DN). La Ley en su conjunto hace especial hincapié en la legitimidad del fin perseguido con la utilización de datos personales, y de esta manera intenta preservar el bienestar y la dignidad de los involucrados y la integridad de sus derechos personales.