En español
Mi objetivo es no repetir aquí la tradicional pregunta "¿qué es el derecho?" sino "¿cómo se ejecuta?". Debemos considerar que la vida humana se desenvuelve dentro de un "mundo cultural", y la cultura esta relacionada con la actividad interpretativa. Es posible establecer un paralelismo entre dos disciplinas aparentemente dispares como la música (y las artes en general) y el derecho. Lo cierto es que la flexibilidad de las situaciones jurídicas nos da la posibilidad de sostener que la interpretación del derecho se halla mas relacionada con el arte que con la ciencia. De la misma forma que la actividad jurídica necesita de la interpretación para adecuar las normas a los hechos, en el ámbito de la música -y de las artes en general- resulta inevitable la influencia de la vivencia del intérprete sobre la obra. Debemos entender al derecho como un objeto complejo inmerso en una realidad cultural, y ello supone hallar el camino para concretar el proceso de interpretación. No es casual que los movimientos modernistas de fines del siglo XIX y principios del siglo XX encontraron una relación entre arte y ciencia, y conjuntamente a través de ambos intentaron evidenciar una nueva perspectiva de la vida humana. Interpretar no es solamente posicionarse frente al objeto y descubrir un método, sino que presupone una decisión, una selección y aceptación -o no- del resultado interpretativo. La actividad interpretativa es necesaria para "conocer el derecho", porque la interpretación forma parte de su realidad: construimos el objeto cuando lo conocemos. Interpretar presupone elegir y decidir. Es una actividad basada en un acto valorativo, influenciado por la concepción del mundo del intérprete y, finalmente, por su sensibilidad.
En inglés
My aim is not to repeat the traditional question what is law? but how law is executed? We have to consider that man's life develops inside a "cultural world", and culture is related to interpretative activity. It is possible to establish a parallelism between two apparently different subjects like music (and arts in general) and law. Certainly the flexibility of the legal situations gives us the possibility to affirm that law interpretation is related mostly to art than to science. In the same way that legal activity needs interpretation to adequate norms to facts, in the field of music ?and arts in general- is not possible to avoid the influence of the performer's sensibility. We have to understand law as a complex object inside a cultural reality, and it means to find out the way to concrete the interpretation process. It's not casualty that modernist movements from the end of the19th century and the beginning of the 20th century found a relationship between art and science, and both together tried to present a new perspective of man's life. Interpretation means not only to stand in front of the object and to find out a method, but it supposes a decision, a selection and acceptation-or not- of the interpretative result. Interpretative activity is necessary to "know" law, because interpretation is part of law reality: we are building the object when we know it. Interpretation is selection and decision. It's an activity based on a value act, influenced by the world's conception of the interpreter, and finally, by his sensibility.