En el presente trabajo abordamos el derecho del yerno viudo sin hijos a exigir el derecho consagrado en el artículo 3576 bis del Código Civil para la nuera viuda sin hijos de herederar a sus suegros. Esgrimiendo los principios constitucionales que deben ser aplicados a los fines de resolver una situación de desigualdad planteada por la norma.
Información general
Fecha de publicación:abril 2011
Idioma del documento:Español
Revista:Derecho y Ciencias Sociales; no. 4
Institución de origen:Instituto de Cultura Jurídica