Antes de abordar el análisis de la vigencia del nuevo C.P.P. deseo formular dos premisas, cuya justificación no defenderé en este momento, y algunas consecuencias que se derivan de ellas relacionadas con las leyes y los cambios.
La primera de ellas es que las leyes y los Códigos, entre ellas, son palabras.
La segunda es que las palabras significan según el contexto en que se articulan y el uso que de ellas se haga.
Me referiré al nuevo Código y al proceso como se creó. Luego al texto sancionado, a la gestión que lo puso en funcionamiento y a su eficiencia a un año de su vigencia. Para finalizar señalaré la dirección de algunos cambios posibles.
Todas las ideas que en adelante desarrollaré deben ser consideradas meras hipótesis de trabajo, de modo que será menester colectar adecuada información que permita concluir si deben o no ser aceptadas.