Este capítulo reflexiona en torno al lugar de la práctica de los/as acompañantes terapéuticos/ cas (at) en el campo de la salud mental. La conceptualización de la salud como campo permite destacar un conjunto heterogéneo de fenómenos y prácticas, disputas de sentido y una diversidad de espacios e instituciones, decisivos a la hora de reflexionar acerca del quehacer de el/la at.
Al mismo tiempo, las nociones se piensan de manera situada. El campo se configura de manera singular en cada momento histórico, se reestructura, cambia el lugar de los/as agentes que lo componen, se resignifica el conocimiento, se afianza el saber médico hegemónico o se abre a otros saberes y prácticas. Las características de este campo en Argentina y en América Latina, han dado lugar al surgimiento de nuevas problemáticas y a la configuración de una disciplina de lo mental que se propone como conjunción de múltiples saberes del campo de lo social (Galende, 1990).
Estas tensiones se despliegan en un contexto regulado por un estado que no es neutral, que está atravesado por las contradicciones del orden social y la estructura de dominación (Oszlak, 1984). Allí, la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental N°26.657 operó como una formalización de los pilares de interdisciplina, intersectorialidad y desinstitucionalización, sobre los que se conforma una práctica diversa, múltiple e inclusiva, habitada por una pluralidad de actores, intereses y disputas. Su promulgación apunta a un cambio de paradigma basado en el pleno reconocimiento de los derechos humanos y a la materialización de políticas públicas en salud centradas en la emancipación de las personas con padecimiento psíquico. Su implementación implica importantes reformas en el sistema de salud y una concepción interdisciplinaria e intersectorial en el abordaje, en el marco de un sistema sanitario para el que su completa aplicación es un desafío.
Desde esta perspectiva, se debe repensar la intervención y presencia de los/as at como actores dentro del equipo de salud (véase Roberts, Abdala Grillo y Silveira, este volumen) y que contribuye a propiciar el enfoque de derechos, a consolidar el cambio de paradigma que se promueve y a la nueva configuración del campo al que asiste de manera protagónica.