Subsanación del Artículo 3° de la Resolución N° 220/23, dejándose aclarado que la formación mínima requerida es Nivel Primario o Equivalente de Educación reconocida.
Notas
Toma de conocimiento por parte de la Veeduría Institucional en el día de la fecha. Sandra Monti.
Información general
Fecha de publicación:19 de febrero de 2024
Nº de expediente:2700-797/2023
Firmantes:Sidún, Eva Ayelén
Idioma del documento:Español
Institución de origen:Facultad de Periodismo y Comunicación Social