El énfasis puesto en la tributación directa radica en las ventajas relativas que la misma posee en cuanto al efecto distributivo de los impuestos y, en relación con ello, en la posibilidad de gravar a los contribuyentes directamente en función de su capacidad contributiva. Impuestos aplicados sobre los ingresos, sobre el patrimonio, o bien sobre las transferencias de bienes patrimoniales (lo que incluye tanto herencias y legados como operaciones periódicas con bienes inmuebles) constituyen todos elementos válidos y útiles a la hora de intentar “gravar más a los que más tienen”, lo que redunda en un sistema tributario más equitativo (Gómez Sabaini y Rossignolo, 2013).