Hoy en día tenemos en España un gran número de universidades que ofrecen enseñanza superior on-line abarcando distintos programas de grado medio y superior.
Entre estas experiencias de e-learning se podría decir que la UNED destaca, entre otras cosas, por la magnitud del proyecto que está afrontando en relación con el número de cursos virtuales (más de 600 asignaturas para el curso académico 2004-2005) y por el número de destinatarios implicados (alrededor de 130.000 alumnos en la actualidad) en el campo de las enseñanzas regladas. Como no puede ser de otra forma, en un proyecto de esta magnitud, interviene un amplio abanico de recursos tanto técnicos como humanos para el desarrollo de las distintas tareas necesarias para la creación de un curso virtual.
En este proceso aparecen como cuestiones a tener en cuenta y que deben ser tratadas con la importancia que merecen, la propiedad intelectual y los derechos de autor que de este proceso se derivan. En ocasiones, desde las unidades técnicas que dan soporte a los equipos docentes para la creación de cursos virtuales, se han desarrollado tareas que van más allá de las que se pueden considerar técnicas en sentido estricto y que configuran a los cursos virtuales como un resultado diferente de los materiales iniciales entregados por los profesores. En estas páginas se intentará mostrar algunas de las cuestiones que pueden plantearse en este tema, tomando como ejemplo el caso de la UNED en la creación de cursos virtuales. Asimismo se intentarán perfilar algunas ideas sobre como se puede entender la aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual al complejo proceso de creación de cursos virtuales desde la intención de suscitar el debate y de proponer algunas reflexiones orientativas al respecto.