Nuestro aporte al proyecto "Casos Penales Reales. Construcción y Aprendizaje" se centra en lo que podemos llamar la interfase entre la Antropología y el Derecho, en particular en el campo constituido por instancias concretas de contacto entre ambas disciplinas.El enfoque antropológico, tradicionalmente centrado en el estudio descriptivo del modo de vida de pequeñas comunidades, provee una explicación del comportamiento en términos de las restricciones y refuerzos que operan sobre la conducta y los sistemas que definen y regulan las relaciones recíprocas en grupos humanos particulares. Así operacionalizada, la noción antropológica de cultura-o de subcultura, en su aplicación a la caracterización de grupos diferenciados en el seno de la sociedad compleja-, resulta un instrumento indispensable para la comprensión y evaluación de la conducta como emergente de la trama interaccional y comunicativa en contextos socio-culturales específicos. La caracterización antropológica de tales contextos permite el acceso al significado y valor que adquieren los actos individuales con relación a los patrones y reglas que rigen la interacción y comunicación en los grupos humanos de referencia, proveyendo información de base para un encuadre adecuado de la situación que motiva la acción / investigación judicial.