El autor realiza en este artículo una serie de reflexiones en torno a la Ley Nacional de Salud Mental (ley 26.657) reglamentada a fines de mayo del corriente año. El marco dado por la reciente publicación del DSM en su quinta versión y el empuje a la salud mental como imperativo social proveen el material para dichas reflexiones.
Mencionada está la paradoja que establece una ley, indudablemente progresista, que abre la posibilidad del ingreso a la medicalización de la vida cotidiana, mediante un término ambiguo como es el de “padecimiento mental”. Asimismo otro aspecto a resaltar es que la idea de peligrosidad y riesgo que intenta disolver el texto de la ley, lejos de ser eliminada ha sido desplazada hacia el profesional de la salud mental. Se abre así una nueva versión de la llamada “clínica de la sospecha”.