El derecho ambiental es un área del conocimiento jurídico integrada por un compendio de normas jurídicas que regula y tutela el conjunto de elementos naturales o artificiales que condicionan la vida del hombre y como tal penetra en diversas ramas del derecho como el Civil, el Administrativo, el Penal y el Constitucional, a través de la regulación específica de un objeto común a todas ellas.
El derecho penal, una de dichas ramas, integra dicha área como una parte del orden jurídico cuya especificidad está determinada por su objeto, es decir por los comportamientos criminales y las con-secuencias jurídicas que están previstas para ellos y así se ha explicado el delito como un comportamiento que afecta bienes jurídicos, noción que comprende a los intereses concretos de la vida en comunidad a los que el derecho penal presta protección.
Coincidiendo con aquella posición doctrinaria y progresista del derecho ambiental, que señala a la anticipación y la prevención como herramientas básicas del sistema para proyectar una política eficaz en la materia, cabe preguntarse si tales herramientas se agotan en el derecho administrativo o si además de ello el medio ambiente requiere y merece protección jurídico penal, alejándonos de las posiciones mas tradicionales en este punto y habida cuenta de los problemas existentes en esta materia en relación a la prevención y la anticipación que resultan etapas prioritarias.