El actual sistema de solución de controversias que rige en el MERCOSUR ha mostrado diversas falencias como la inexistencia de reglas uniformes de procedimiento del Tribunal Arbitral, la falta de un órgano de apelación, laudos arbitrales con interpretaciones contradictorias sobre temas similares, la imposibilidad de los particulares de cuestionar las decisiones, etc. Esta situación ha llevado a muchos autores a hablar de un verdadero “déficit institucional y legal” del Mercado Común del Sur. Se han registrado, no obstante, importantes avances a los fines de mitigar las deficiencias mencionadas y, en general, el débil nivel institucional existente. En este marco, cobra especial relevancia el Protocolo de Olivos, suscrito el 18 de febrero de 2002, que prevé una mejora del sistema vigente, con el fin de realizar progresos en la despolitización de los conflictos entre los socios, así como también avanzar hacia una interpretación uniforme del conjunto normativo del MERCOSUR y hacia la creación de una jurisprudencia común.
El objetivo del presente trabajo es analizar, en general, las reformas que este instrumento jurídico incorpora en el procedimiento de solución de controversias del MERCOSUR y cuáles son los nuevos desafíos que surgen para continuar con el fortalecimiento institucional del proceso de integración regional.