El presente trabajo ilustra la situación de los territorios conocidos como Cisjordania (Samaria-Judea según la tradición hebrea) en los últimos tres años, en el marco de los compromisos contraidos en los Acuerdos de Oslo. La firma del “Primer Acuerdo Gaza-Jericó” (Oslo I) de 1993 y el “Acuerdo Interino” (Oslo II) de 1995, como todos los acuerdos internacionales, se realizaron bajo la luz y el respeto de las principales normas del derecho internacional. Ambos acuerdos son considerados fundamentales por que diseñan el ámbito en el cual se desarrollará el proceso de paz, instaurando los principios básicos del derecho internacional que regirán en todo su transcurso. Desde esta perspectiva del Derecho Internacional, es que se analizarán los criterios que utiliza el gobierno israelí en el diseño de su política en Cisjordania, y que no se corresponden con las normas y principios internacionales previsto en los Acuerdos de Oslo. Asimismo, se comprobará la continuidad de criterios para la diagramación de las políticas israelíes, que se mantienen intactas desde 1967 hasta el presente.