El siglo XX ha otorgado un gran legado para la humanidad: la consagración de los derechos humanos en diversos tratados internacionales que en nuestro país han asumido jerarquía constitucional a partir de la reforma de la Carta Magna de 1994. En este contexto, el maltrato infantil debe ser ubicado como un problema social cuya prevención y tratamiento interesan a toda la comunidad, de modo tal que si una madre o un padre golpea a su hijo por “haber desobedecido” o “ser travieso”, no estamos en presencia de un conflicto privado que sólo interesa a la familia, sino que es una cuestión de orden público porque afecta a los derechos del niño; es decir que atenta contra la organización social basada en el respeto de los derechos humanos que pone límites al ejercicio de poderes arbitrarios, tanto en el mundo público como en el privado.
En este trabajo se centrará la atención en el papel de la escuela, puesto que a la mayoría de las instituciones educativas asisten niños y adolescentes diariamente, en procura no sólo de recibir capacitación académica sino una formación integral para el desarrollo de sus vidas en el sentido más amplio de la palabra; es por eso que ellas poseen una responsabilidad fundamental en la búsqueda del bien común, cumpliendo un papel importante en la información, prevención y detección de los hechos que pueden significar una vulneración de derechos de los niños y adolescentes; y esto implica una intervención responsable que se traduzca no sólo en medidas tomadas puertas adentro de la institución sino la comunicación comprometida y a tiempo al resto de los operadores del sistema, ya sea del poder judicial o del poder ejecutivo, en post de la toma de medidas eficaces y urgentes atento al especial tratamiento que merecen los niños en cuanto sujeto de derechos.