La Ley 13.951 de la Provincia de Buenos Aires estableció la vigencia a partir del 14 de Mayo de 2.012 de la mediación prejudicial obligatoria, como etapa previa a la iniciación de las acciones judiciales. Su objetivo legal es promover y facilitar la comunicación directa entre las partes que permita la solución de los conflictos.
El Ministerio de Justicia provincial tiene a su cargo el registro de los mediadores autorizados y la distribución de las causas que quedan sujetas a mediación. Dicho organismo implementó para uso obligatorio en la etapa de mediación el sistema informático “Mediare”: www.mediaciones-ba.com.ar. En dicho sistema los mediadores deben consignar los datos de las causas en las que resulten desinsaculados para intervenir, y el desarrollo del trámite hasta el resultado del acta final de cierre de la mediación.
Nuestra investigación busca lograr que las herramientas que el Sistema Informático Mediare tiene para su uso, se adapten a las situaciones que se presentan en el ejercicio profesional de los mediadores, evitando la generación de inconvenientes e intentando la optimización de su uso, en beneficio del desarrollo de la actividad profesional. Por otro lado se busca compatibilizar dichas herramientas con los principios de la mediación, específicamente previstos por la ley: neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y consentimiento informado.