La inclusión de las "voces" de niños, niñas y jóvenes en la investigación social se ha incrementado notablemente en los últimos años, fundamentalmente a partir de lo expresado en los artículos 12 y 13 de la Convención sobre los derechos del niño. Consecuentemente, resulta necesario revisar y adecuar los principios éticos para la investigación con sujetos, a la condición de vulnerabilidad de niños y niñas. El objetivo de este trabajo es presentar algunas consideraciones sobre la responsabilidad del psicólogo en la investigación con niños y niñas, a partir de pautas éticas establecidas en diferentes documentos. Mencionaremos, para ello, los 16 principios éticos elaborados por la Society for Research in Child Development, analizando los aspectos más relevantes de cada uno; las Notas Técnicas de Evaluación de la UNICEF, así como los Códigos de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina y del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires. Si bien las pautas que se desprenden de estos documentos no resultan esencialmente diferentes a las generales para la investigación en ciencias sociales, su novedad y aporte radica en atender a la responsabilidad del psicólogo frente a la condición de vulnerabilidad del niño, reconociendo su capacidad de autonomía en desarrollo.