Chile históricamente se ha caracterizado en dictar leyes de prensa, siguiendo la posición contraria a la Argentina que por mandato del artículo 32 de su Constitución, inspirada en la Primera Enmienda de la Constitución de los EE.UU., ha inhibido el establecimiento de una reglamentación general sobre el ejercicio de las libertades de expresión e información. El nuevo estatuto para el ejercicio del periodismo, es la 8ª ley general, iniciándose esta tradición, en el año 1813, cuando aún el Estado chileno no había consolidado su independencia. La nueva Ley Nº 19.733, aunque denominada, sobre las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo es más bien reguladora de la actividad de los medios de comunicación y en menor grado de la profesión periodística, a las que se le dedica casi íntegramente todo su articulado. Fue publicada en el Diario Oficial el 4 de junio de 2001, día de su entrada en vigencia.