En español
El artículo describe y analiza críticamente –a partir de la jurisprudencia– las tres principales perspectivas en materia de reconocimiento y ejecución de laudos anulados en los términos de la Convención de Nueva York (1958). El artículo concluye que la Convención permite que un laudo anulado por los tribunales de la sede del arbitraje sea ejecutado en otro país siempre y cuando existan “razones adecuadas” para ello.
En inglés
The article describes and critically analyzes the main perspectives on recognition and enforcement of annuled arbitral award under the New York Convention (1958). The article concludes that the Convention allows the enforcement of annuled award provided that there are “adequate reasons” for doign so.