La preocupación formal de la ética en la investigación científica tiene el primer hito histórico en la promulgación del Código de Nürenberg en 1947 surgido como reacción a los abusos cometidos por los médicos nazis en la segunda guerra Mundial. El tema tiene antecedentes posteriores como la declaración de Helsinki (1964), y sus revisiones. Las normas internacionales de CIOMS (1993) que se orientaron a complementar y expandir los principios de la declaración de Helsinki en el contexto de la investigación transnacional. En el marco de estas normativas podemos afirmar que, "Una buena investigación debe ser apropiada en cuanto a métodos, buena en cuanto a intenciones y justa en cuanto a consecuencias." Desde esta perspectiva surge la necesidad de crear un cuerpo normativo para la investigación antropológica este debe enmarcarse teniendo en cuenta tres reflexiones fundamentales: 1)Universalidad y localidad de las prácticas 2) legalidad y legitimidad 3) vulnerabilidad de los sujetos y de los investigadores. Las dos primeras incluyen, respeto por la cultura y el reconocimiento de las formas básicas de la organización social de los grupos involucrados en la investigación. Cuando hablamos de vulnerabilidad de los sujetos no nos referimos a poblaciones especiales sino a la vulnerabilidad cultural que con frecuencia impone relaciones asimétricas. La vulnerabilidad de los investigadores se basa en la no existencia de normas que establezcan la práctica deseable y en la falta de comités de Ética interdisciplinarios en los organismos de financiamiento.