El objetivo del presente artículo consiste en analizar el poder de esclarecimiento litigioso que tiene el juez por medio de las potestades instructoras, como así también, su relación con los principios procesales en materia probatoria. La importancia de las facultades instructoras de los jueces son por demás conocidas, sobre todo en los tiempos actuales en los que la ciudadanía reclama una mayor intervención de la judicatura, a través de la participación activa del magistrado en el proceso, que deja de ser un mero aplicador de normas y se convierte en un creador de soluciones. ¿Qué sucede cuando el dictado de una medida para mejor proveer resulta ser el elemento probatorio determinante para resolver un conflicto? No existe una respuesta unívoca, pues algunos considerarán que lo trascendente es arribar a la tan ansiada verdad objetiva, y la facultad instructora del juez está encaminada a tal fin. Sin embargo, del otro lado, habrá posturas que consideren que esto implica un avasallamiento al derecho constitucional del debido proceso, defensa en juicio e igualdad ante la ley, como así también, al principio dispositivo que rige la vida del proceso civil, no debiendo olvidar que existen reglas claras que deben respetar cada uno de los intervinientes en este maravilloso juego que se despliega ante los tribunales.