La reciente sanción de ley nacional 27.3631 constituye la primera reforma al Código Civil y Comercial de la Nación Argentina agregando el art. 700 bis a su articulado y el inc. e) al art. 702. La norma que incorpora tímidamente la perspectiva de género a los casos de privación y suspensión de la responsabilidad parental moviliza a reflexionar como avanza nuestro país, a pasos lentos pero firmes hacia la consideración de las subjetividades de los grupos más vulnerables de la sociedad: mujeres, niños/as y adolescentes. Denota la enmienda el reconocimiento a la lucha inclaudicable de las mujeres que, amparadas en leyes y convenciones internacionales sobre violencia de género, recorren caminos pregnados de prejuicios, desconocimiento de la problemática de la violencia, tolerancia social basada en mitos, actuaciones judiciales y administrativas ausentes de compromiso con la realidad que las atraviesa, discriminación, tanto a ellas como a sus hijos/as.