Argentina exhibe una estructura fiscal vertical que se caracteriza por una importante descentralización de funciones y gastos y una alta centralización tributaria. Esta asimetría ha sido y es fuente de constantes pujas y tensiones entre el gobierno nacional y las provincias y entre las provincias. El gobierno nacional ha apelado a lo largo del tiempo a distintos mecanismos con la finalidad de disminuir su déficit trasladando a las provincias gastos sin contrapartida financiera, avanzando sobre fuentes tributarias provinciales, modificando en su favor la distribución primaria de la coparticipación de impuestos, modificando la mezcla de recursos coparticipables y no coparticipables y limitando el poder tributario de las provincias vía restricciones en las bases y/o alícuotas. Una vía de ajuste de las provincias fue aumentar su presión tributaria utilizando el impuesto menos costoso políticamente y más rentable desde el punto de vista recaudatorio (el impuesto a los ingresos brutos, IIB). El IIB, con la denominación de Impuesto sobre las Actividades Lucrativas (AL), fue establecido por primera vez en la Provincia de Buenos Aires en 1948 (legislado en el Código Fiscal introducido ese año). El fundamento fue, por un lado, la simplificación y modernización del sistema tributario reemplazando las patentes y licencias para el ejercicio de ciertas actividades económicas y, por otro lado, introducir una base imponible móvil -que se aplicaba sólo en uno de los tributos que se sustituyeron1. Este trabajo tiene como finalidad contribuir al análisis de alternativas para el IIB -que representa alrededor del 10% de los recursos consolidados, el 20% del financiamiento del conjunto de provincias y el 75% del total de recursos propios provinciales- y que, muy merecidamente, se encuentra en el banquillo de los acusados como parte de lo peor de la estructura tributaria. El aporte, si llega a serlo, resulta de pensar el tema “outside the box”, aprovechando desarrollos teóricos y experiencias internacionales recientes.