A partir de una nueva Resolución en la Ley Nacional 25.080 de Inversión para Bosques Cultivados, se estableció un régimen especial para pequeños productores y comunidades indígenas que considera el adelanto del 50% del monto del Aporte Económico No Reintegrable (AENR) para plantaciones o enriquecimientos y para podas, raleos y/o manejo de rebrote.