El presente trabajo desarrolla cómo en el delito de trata de personas5 el Estado se encuentra ausente a la hora de garantizar los derechos humanos de las víctimas antes, durante y después de ejecutarse el delito y cómo se les sustrae toda la protección que debieran garantizarle las normas. Durante la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, se les niega el conocimiento de paradero tanto a la víctima directa como a sus familiares y allegados. Al momento del secuestro, el sujeto pierde el sentido de pertenencia, su identidad –sus documentos son sustraídos, hay un desarraigo de la comunidad y un quiebre en los lazos familiares- y con ello la socialización, además de perder su condición de beneficiario de derechos.
¿Qué ocurre con los derechos humanos de los excluidos de la comunidad política cuando ya no son útiles, cuando ya no son reconocidos o tratados como humanos? ¿No son los derechos humanos los derechos de aquellos que ya no tienen derechos? ¿Cómo el Estado define y garantiza a los derechos humanos cuando la lógica de los Estados neoliberales pone por encima la defensa del mercado por sobre las personas? ¿Es el Estado el primer responsable del delito de trata por no garantizar, de forma previa a la concreción del delito, los derechos humanos de los sectores más vulnerables?