El presente artículo tiene por objeto principal realizar un análisis de la aplicación que tiene la institución de la prescripción liberatoria, respecto a las acciones civiles resarcitorias por daños y perjuicios derivadas de los delitos de lesa humanidad perpetrados en nuestro país.
El abordaje de esta temática obedece a que la jurisprudencia nacional se ha mostrado contradictoria en torno a aceptar que la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad se hace extensiva a la acción civil que emanan de estos ilícitos internacionales.
Recurriendo a diversas fuentes, como la doctrina, la jurisprudencia, disposiciones legales y convenciones e instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, entre otras, planteo la improcedencia de la prescripción civil, inaplicable ante situaciones de violaciones manifiestas a los Derechos Humanos, para eludir la responsabilidad del Estado y los represores condenados.