La existencia con vida y cognición de los individuos se justifica, racionalmente, si se realiza en una sociedad organizada y abierta. La armonía y el equilibrio comunitario pueden ser alcanzados en paz: regulación de la violencia por intermedio del Derecho. Alcanzada la paz, la desigualdad creciente e injusta se presenta como un flagelo con capacidad suficiente para afectarla.
La constitución del Estado se presenta como la pieza más celebrada ideada por el Derecho para disciplinar la administración de la fuerza estatal: una lengua para la paz. La fuerza sin regulación del Estado constituye la negación intolerable y la versión deshumanizada e irracional del Derecho. Del mismo modo que el lenguaje se rige por la gramática y la arquitectura por el espacio, el empleo de la fuerza del Estado se debe regir por el Derecho. Así, el Derecho, se yergue como la razón de la determinación y regulación de la fuerza del Estado. Quizá dicho de manera conmovedora, con más emoción que razón, la constitución de un Estado debería constituir la “escritura laica” de la ciudadanía que integra un pueblo, en un momento histórico determinado y también dentro de un territorio en el que sus poderes pueden ejercer, razonablemente, la soberanía.