Ordenar la no realización de instancias áulicas presenciales de enseñanza en todo el ámbito de la Universidad Nacional de La Plata hasta el 31 de marzo de 2020, el que podrá ser prorrogado, cuando resulte ineludible, por el plazo de 7 días por disposición de cada decano o director en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales, dejando a salvo las instancias evaluatorias que se encontraren programadas o se programen.