La filosofía jurídica, nos hace pensar constantemente en los objetivos teleológicos del ordenamiento jurídico, así es que recurrimos a la Constitución Nacional, al Código Civil y Comercial, a la ley de Defensa del Consumidor y nos encontramos con que el centro de protección es la persona. La persona como ciudadano, como consumidor, como damnificado, como usuario, como trabajador, como comerciante, como profesional, es lo que se protege. El Derecho de Daños pone el foco justamente en la protección de la persona que ha sido víctima de daños injustos, e intenta que cada vez sean menos los daños que queden sin reparar. Asimismo, no solo pretende reparar, sino que también tiene además una importante función preventiva que consiste en evitar los daños, y otra punitiva para multar y disuadir ciertos hechos dañosos de gran relevancia jurídica. Así es que con los avances normativos se logra llevar la protección de la persona desde el hipocentro -en forma más desorganizada y desvariada- al epicentro del ordenamiento normativo.