“El primer objetivo de la medicina de rehabilitación es la eliminación de la inhabilidad física en cuanto es posible; el segundo, reducir o aliviar la incapacidad física y el tercero, reestrenar a la persona con incapacidad física residual a vivir y trabajar dentro de los límites de su incapacidad pero hasta el tope de sus capacidades”. La frase se corresponde con uno de los temas más frecuentes que se trata en el ejercicio de la profesión de abogado al cual recurren enfáticamente una y otra vez clientes o familiares de víctimas de accidentes de tránsito, y que resulta el de la atención médica inmediata de personas gravemente lesionadas en su integridad psíco–física como consecuencia de un hecho ilícito, ya que la realidad en muchas oportunidades impone que sea necesario la provisión urgente y sin demoras de intervenciones quirúrgicas costosas, prótesis, atención médica permanente, rehabilitación con alta complejidad, y todas ellas apuntan en ciertos casos a evitar la agravación de las consecuencias de un daño ya experimentado: prevenirlo en su agravación siempre que fuere posible; esto coincide con la primera fase que enuncia en los objetivos médicos el Dr. Howard Rusk que se cita ut supra.