La esencia de la responsabilidad civil ha girado tradicionalmente en torno a la necesidad de reparar el daño ocasionado. Ello ha generado una concepción clásica sobre la función de este instituto jurídico, que ha puesto su mirada en la recomposición del perjuicio y los presupuestos de procedencia de tal acción. De este modo, el eje de la responsabilidad civil, más allá de algunos matices según los sistemas y las épocas, ha girado en torno a una consideración reducida, enfocada esencialmente en la reparación del daño y su eventual punición. El Código Civil y Comercial, acepta el desafío de reformular la visión clásica de la responsabilidad civil, propiciando un régimen expreso para la prevención de los daños.