El primordial objetivo del presente trabajo será desentrañar las características de la función preventiva de la responsabilidad, sus implicancias y alcances como instituto recientemente consagrado en el Código Civil y Comercial de la Naciónpara luego dirigir la mirada, hacia las herramientas de instrumentación que contempla la actual normativa, bajo la denominación de “acción preventiva” y las vías procedimentales posibles y más eficaces para obtener esta novedosa forma de tutela efectiva de los derechos que pudieran encontrarse enmarcados en la protección contemplada, además de evaluar el nuevo rol que deberán asumir los jueces en tal cometido. Ante todo, es importante recordar que en el Código Civil y Comercial de la Nación, se introdujeron sustanciales e innovadores cambios que se expanden a diversos ámbitos de la vida (personal, familiar, social, económico, comercial, empresarial, etc) y que colocan a la persona humana en un rol trascendental, en cuanto a su primordial protección, dentro de un contexto de igualdad real, proyectando sus efectos a las distintas figuras legales, que sin lugar a dudas, ha motivado una sustancial modificación de las normas que integran el ordenamiento del Derecho Privado en su conjunto y que han quedado expresamente plasmados en el Libro Primero. Parte General. Título I Persona humana. Capítulo 3 Derechos y actos personalísimos.