Desde esta atalaya cabe advertir que uno de los aspectos “nucleares” del Estatuto del Consumidor resulta de la comprobación de que una tutela integral debe contemplar lo que se ha dado en llamar “consumo sustentable”. Así, se ha dicho que el rol de las empresas es proporcional a los consumidores de una calidad del producto que se adapta para su salud a los fines de proteger su integridad física y poder satisfacer sus necesidades básicas. En esta inteligencia, no puede dejar de advertirse que el crecimiento económico y la incorporación de tecnologías tendientes a proporcionar una mayor eficacia en la producción de bienes y servicios han llevado al deterioro medioambiental progresivo y por ello, la gestión empresaria requiere tener en cuenta la tutela del medio ambiente. Entre la empresa y el medio ambiente debiere existir una relación armónica pues, si bien el aporte de nuevas soluciones tecnológicas es fundamental en el ámbito productivo, ello no puede dejar de llevar a una toma de conciencia sobre la relevancia social del medio ambiente en orden a la calidad de vida del hombre común.